El Estado de Nicaragua pagará la emisión de bonos para pagar los “inventarios” de la Distribuidora Nicaragüense de Petróleo, S.A (DNP Petronic), manejada por Rafael Ortega Murillo, hijo mayor de la pareja presidencial, que usó como un negocio familiar para obtener millonarias ganancias.
El ministro de Hacienda, Bruno Mauricio Gallardo Palaviccine, autorizó a la Dirección General de Crédito Público a que “incorpore y registre como Deuda Pública Interna del Estado de la República de Nicaragua, la cantidad 22 millones 237 mil 121 dólares.
A través de un acuerdo presidencial publicado en La Gaceta, diario oficial de Nicaragua, el martes 17 de diciembre de 2024, se facultó a la Tesorería General de la República para que “proceda a la emisión de Bono de Cumplimiento de la República de Nicaragua”, por el monto señalado anteriormente.
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Supuestamente, estas decisiones se tomaron por un dictamen legal de la Procuraduría General de la República (PGR), emitido el 8 de octubre de 2024, en el que se resuelve que con la entrega de los inventarios, “nace una obligación de pago a cargo del Estado de la República de Nicaragua, a favor de esta empresa”.
Rafael Ortega manejaba DNP Petronic y su ex esposa, Yadira Juliana Leets Marín, ahora radicada en Estados Unidos y alejada de la familia dictatorial, estaba a cargo de las operaciones y firmaba los contratos en concepto de combustible con entidades del Estado. DNP Petronic fue nacionalizada por el régimen días después de las sanciones que aplicó Estados Unidos a Rafael Ortega.
Los acuerdos de los pagos
El supuesto “bono o los bonos” del Estado de Nicaragua para “indemnizar” a la DNP Petronic, se emitirán a un plazo de tres años, de 2024 a 2027, con una tasa de interés anual del 4.17 por ciento, a partir de su fecha de emisión.
Los pagos serán en dólares y se pueden emitir un solo título o varios títulos, la forma de pago será “intereses semestralmente y amortización al vencimiento”, la fecha valor de liquidación será el día del vencimiento del bono o los bonos.
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Por otro lado, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no reconocerá intereses adicionales después de la fecha de vencimiento del nono.
Por otra parte, en el acuerdo se autoriza a la Dirección General de Presupuesto a incorporar y registrar en el Presupuesto General de la República de cada año, el monto total de la obligación a pagarse, en concepto de “intereses”.