El Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor) publicó este martes, 18 de noviembre, las primeras seis normativas de un total de 19 que contempla la Ley de Telecomunicaciones Convergentes que entró en vigencia el pasado seis de este mes.
Se trata de la Normativa de títulos habilitantes (Acuerdo administrativo 002-2025), Normativa atención de reclamos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones (Acuerdo administrativo 003-2025), Normativa para la homologación de equipos de telecomunicaciones 16 artículos (Acuerdo administrativo 004-2025), Normativa para la emisión de constancia de no objeción a la internación de equipos de telecomunicaciones restringidos (Acuerdo administrativo 005-2025), Normativa de cánones y tarifas por trámites administrativos y regulatorios de telecomunicaciones (Acuerdo administrativo 006-2025) y la Normativa para la protección de los derechos de los usuarios y prestación de los servicios de telecomunicaciones (Acuerdo administrativo 007-2025).
La primera de ellas establece los amplios poderes que tendrá Telcor para entregar las licencias y títulos habilitantes para el uso y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos órbita-espectro, la instalación de redes privadas, aterrizaje de señal satelital o de cables submarinos.
Títulos habilitantes
En esa normativa se define el título habilitante como «el documento jurídico otorgado por Telcor que faculta a una persona natural o jurídica nacional o extranjera a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, servicios de comunicaciones audiovisuales, así como el uso o explotación del especto radioeléctrico, recursos órbita-espectro y aterrizaje e instalación de cable submarino». Además, delimita los servicios públicos de telecomunicaciones en telefonía fija y móvil, acceso a internet fijo y móvil, servicio de portador, servicio de transmisión de datos, servicio de radiocomunicación móvil-terrestre, servicios prestados a través de medios satelitales e incluso «cualquier otro servicio público de telecomunicaciones que surja en el futuro como consecuencia de la evolución, convergencia tecnológica y evolución del mercado».
Para la entrega del título habilitante, las empresas deben solicitar los permisos, contenidos en las diferentes normativas, pero tienen la obligación de presentar una fianza o garantía «para asegurar el cumplimiento o plazo de instalación o expansión en un plazo máximo de 20 días hábiles de entrada en vigencia de la licencia o se les revocará. La garantía será igual al 10 % de los ingresos promedios brutos mensuales del operador, calculado con base a los ingresos brutos proyectados a recibir durante los primeros 12 meses de operación conforme al plan de negocios o estudio económico».
Las empresas que obtengan la habilitación tendrán un plazo de 90 días hábiles, a partir de la entrega del permiso de Telcor, para iniciar operaciones, de lo contrario perderán la licencia y no podrán volver a solicitarla en un plazo de un año.
Por qué Telcor puede revocar licencias
Establece que Telcor podrá revocar las licencias por los siguientes motivos: vencimiento del plazo sin que medie renovación, renuncia del titular, fallecimiento de la persona natural o extinción de la persona jurídica titular por quiebra o liquidación, revocación por parte de Telcor.
El organismo podrá hacerlo por las siguientes razones:
-Incumplimiento del plazo establecido para iniciar la prestación del servicio o los servicios
-Incumplimiento del plazo de expansión inicial sin causa justificada a criterio de Telcor
-Por incumplimiento de al menos tres meses consecutivos en el pago de los cánones y tarifas por trámites administrativos y regulatorios de telecomunicaciones vigentes, en el caso de reincidencia de tres infracciones muy graves durante el periodo de vigencia de su licencia, cuando se produzca la reducción del 51 % del capital social de socios nicaragüenses que presten los servicios de televisión abierta y radiodifusión AM o FM.
Telcor prepara una batería de 19 normativas por entrada en vigencia de Ley de Telecomunicaciones
Reclamos de usuarios
Mientras que la normativa para reclamos de los usuarios fija los parámetros que le permiten a la persona que contrate un servicio tramitar sus quejas ante las empresas operadoras.
Estos podrán ser por: facturación y cobro, calidad o idoneidad en la prestación del servicio, información brindada por el proveedor al usuario, falta de entrega de los documentos relacionados con el servicio, falta del servicio, instalación, activación o traslado del servicio, baja o desactivación del servicio, recargas de saldo, contratación no solicitada, reclamo por violación de la información personal y confidencial, migración de planes tarifarios.
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La directora general de Probox, Mariví Marín Vázquez, quien además es fundadora de esta organización sin fines de lucro que documenta, analiza y denuncia la censura informativa en línea en Latinoamérica, dijo en entrevista con Nicaragua Investiga que la nueva Ley de Telecomunicaciones Convergentes busca poner en manos del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo el control absoluto de las comunicaciones en el país.
«Esta es una ley que más bien abre un precedente adicional sobre el control informativo, que ya no va solo a ser sobre medios tradicionales o medios digitales, sino que ahora también tiene que ver con los proveedores del servicio de internet que tienen que estar supeditados a lo que diga el ente regulador y evidentemente esto es una grave vulneración a lo que tenga que ver con privacidad de las personas, con datos personales, con protección a su información», afirmó la semana pasada tras analizar el instrumento jurídico.
Entre las sanciones, Telcor podrá hacer inspecciones aleatorias y periódicas a empresas, distribuidoras, comercializadoras y operadoras para verificar que cuenten con equipos homologados por el organismo. El no permitirlo constituye una infracción que se considera grave. Si los equipos no están homologados, hasta tanto se obtenga el permiso del Instituto, no se podrán comercializar e incluso se podrán retirar del mercado por órdenes de la institución.
Cánones y tarifas anuales
También fija los cánones y tarifas que deberán pagar los operadores al organismo. Se pagará canon por asignación de frecuencia del espacio radioeléctrico (se paga una sola vez), arriendo por el uso público del espectro radioeléctrico, estos son recurrentes y pagos anuales: asignación de recursos públicos de numeración, arriendo de recursos públicos de numeración, uso de estaciones terrenas con características técnicas particulares, aterrizaje de señal satelital, aterrizaje e instalación de cables submarinos, uso de recurso órbita-espectro, regulación por la prestación de servicios de telecomunicaciones.
A excepción del primero, el resto tendrá un pago anual; es decir, recurrente, que se fijará de acuerdo a una tabla de cálculos que Telcor contempla en estas normativas. Los ajustes de los cánones o revisiones serán anuales y tres meses de impago se considerará una infracción que puede conllevar a la pérdida o revocatoria del servicio que ofrecen.
Infracciones «muy graves» que entran en vigencia
Entre las infracciones graves, Telcor destaca que si una empresa se niega a ofrecer de forma gratuita los números de emergencia nacional, es una falta de este tipo. Los servicios que las operadoras deberán ofrecer sin cobrarle a los usuarios son los hospitales públicos, policía nacional, servicio de ambulancias públicas, cruz blanca, Bomberos de Nicaragua y organizaciones de bomberos voluntarios, defensa Civil, Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (Sinapred).
Para proteger los derechos de los usuarios, se publicó la normativa 007-2025 en la que entre otras obligaciones, las empresas deberán tener una oficina de atención al usuario en la cabecera departamental donde ofrecen el servicio, y si es el caso de que no sea en todo un departamento sino en uno o varios municipios, deberá tener al menos una en esa localidad.
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Como faltas «muy graves» que pueden hacer perder la licencia están el «no proveer de forma gratuita los números de emergencia nacional, no tener oficina de atención de usuario en cabeceras de departamentos, no garantizar la privacidad del contenido de las comunicaciones, datos y metadatos de usuarios ante terceros».
La directora general de Telcor, Nahima Díaz, dijo la semana anterior en una entrevista con un canal sandinista que los funcionarios de la institución trabajaban a paso redoblado para tener listas las 19 normativas que trae consigo la Ley de Telecomunicaciones Convergentes, cuestionada por el poder que otorga a la dictadura, que incluso podrá tener acceso a información privilegiada de los usuarios, lo que se considera como un paso más en el control de la sociedad nicaragüense por parte de la dictadura.
Periodista Nicaragua Investiga



































