La FIFA podría sancionar a Nicaragua por infringir su normativa al participar en un evento oficial portando la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), que representa a los dictadores Daniel Ortega y Rosario Murillo.
El lunes 26 de mayo de 2025, Maurice Ortega Murillo, hijo de los dictadores, acompañó a la Selección Nacional Femenina Sub-20, en el Estadio Nacional, en el acto de abanderamiento que representará a Nicaragua en el Campeonato Premundial de Concacaf, en Costa Rica.
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En ese evento se usó la bandera nacional de Nicaragua y la rojinegra.
La bandera muestra el rojo por la sangre derramada en la lucha revolucionaria y el negro en señal de luto por los caídos. No tiene ningún elemento que representa a la patria. Fue impuesta por los dictadores en recientes reformas constitucionales como un supuesto “símbolo nacional”.

Esta es otra foto del acto oficial de la Selección Nacional Femenina en la que se portó la bandera partidaria del FSLN. Foto | Prensa oficialista.
¿Qué dice el reglamento de la FIFA?
La FIFA mantiene una postura neutra en política y religión, prohibiendo la expresión de mensajes políticos o religiosos en los eventos deportivos y en los estadios. Las consecuencias para Nicaragua podrían ser desde una advertencia, sanciones económicas, eliminación de la liga o la suspensión total del país.
El inciso 2 del artículo 4 de su Estatuto establece: “La FIFA se declara neutral en materia de política y religión. Se contemplan excepciones en los casos que afecten a los objetivos estatutarios de la FIFA”.
El mismo reglamento, además, le impone a las federaciones y confederaciones del fútbol que declaren esta misma neutralidad en sus estatutos y la “independencia y prevención de injerencias políticas”.
Además existe un Código Disciplinario de FIFA que establece responsabilidades para federaciones y clubes que jueguen partidos en condición de local, en la que impone medidas disciplinarias que adopten conductas como “el empleo de gestos, palabras, objetos o cualquier otro medio para transmitir mensajes improcedentes en un evento deportivo, en particular, mensajes de naturaleza política, ideológica, religiosa u ofensiva”.
El artículo 60 del Reglamento FIFA de Seguridad en los Estadios establece: “Se prohíbe terminantemente la promoción o el anuncio por cualquier medio de mensajes políticos o religiosos o cualquier otro acto político o religioso en el estadio o sus inmediaciones antes, durante y después de los partidos”.
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