La organización SOS Nicaragua Derechos Humanos desde Costa Rica, a través de un conversatorio con periodistas nicaragüenses exiliados a causa de la persecución del régimen de Daniel Ortega, abordó cuáles son los pasos a seguir cuando las solicitudes de refugio no han sido respondidas por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) en Costa Rica.
El abogado Daguer Hernández Vásquez, exsubdirector de la DGME, explicó que las personas que son víctimas de desplazamiento forzado de Nicaragua y que una vez que solicitan su refugio, la DGME tiene tres meses, con fundamento en el artículo 200 de la Ley de migración y extranjería, para resolver dicha solicitud.
Si en este tiempo las personas no han recibido respuesta sobre alguna resolución, pueden solicitar de manera presencial por medio de la Contraloría de Servicios de la Unidad de Refugio, que se resuelva la solicitud, que en este caso es posible que se solucione en tres meses.
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Hernández Vásquez, dijo que si la persona solicitante tiene más tiempo esperando una respuesta puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional o Recurso de Amparo de Legalidad ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
De acuerdo a la explicación del abogado, el escrito debe señalar que han pasado más de los tres meses que establece el artículo 200 de la Ley General de Migración y Extranjería y agregó que pueden anexar que son perseguidos políticos del régimen de Daniel Ortega.
Hernández no recomienda “solicitar un adelanto de cita de elegibilidad, más bien tu solicitud debe pedir a la Sala Constitucional la resolución de todo el proceso y te indiquen si el país te aprobará la solicitud o no”.
En caso que la respuesta de la sala constitucional sea negativa, las personas pueden impugnar esta decisión, a través de los recursos de Revocatoria con Apelación en Subsidio que debe llevarse a la Sala en un plazo de tres días después de la notificación del rechazo.
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