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¿Quién no puede ser presidente bajo la nueva Constitución de la dictadura?

La dictadura impone una Constitución para consolidar el poder en la familia Ortega y Murillo; aplasta a sus propios funcionarios y opositores nicaragüenses con las inhabilitaciones. Conozca cuáles son:

El nuevo guión de la Constitución de Nicaragua, hecha a la medida de los dictadores de Daniel Ortega y Rosario Murillo, contempla una serie de requisitos para inhabilitar a aquellos que aspiren a la Presidencia, lo que parece un mensaje para impedir a los opositores que han sido acusados por delitos inventados, que fueron desterrados y adquirieron otra nacionalidad al arrebatarles la nicaragüense, no optar por estos cargos.

El régimen establece en el artículo 134 que no podrán ser supuestos co-presidentes “quienes encabecen o financien un golpe de Estado, los que alteren el orden constitucional y como consecuencia de tales hechos asuman la jefatura del gobierno y ministerios o viceministro o magistrados en otros organismos del Estado”.

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Además, aquellos que adquieran otra nacionalidad no pueden ser candidatos. “Esto quiere decir que evidentemente las persona que han sido catalogadas como traidores a la patria, no pueden ser candidatos a la Presidencia”, señaló Juan Diego Barberena, abogado nicaragüense.

No podrán aspirar a cargos de co-presidentes el presidente de la Asamblea Nacional, los ministros, viceministros, magistrados del poder judicial y del poder electoral, miembros del consejo superior de la Contraloría General de la República, el fiscal general, procurador o subprocurador. Menos podrán aspirar los que ejerzan el cargo de alcalde, a menos que hayan renunciado al cargo doce meses antes de la elección.

La instauración de una dinastía

Los analistas políticos interpretan que las reformas están hechas para beneficiar a la familia Ortega-Murillo y consolidar su poder dinástico.

Barberena indica, por ejemplo, que se deroga el artículo 147, que prohíbe a ser candidato a la Presidencia a “los parientes en el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad del presidente en ejercicio del periodo anterior”. 

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“En este caso sí puede ser candidato, porque la delimitación ha sido derogada”, señala Barberena y explica que esto quiere decir que, Laureano Ortega Murillo o cualquier otro hijo de la pareja gobernante puede optar a ser co-presidente y vicepresidente.

Además, desaparece que un candidato a la Presidencia debía obtener como mayoría de votos el 40 por ciento. “La reforma constitucional en Nicaragua representa un ataque a la democracia y los derechos fundamentales, consolidando el poder de Daniel Ortega y Rosario Murillo”, consideró Félix Maradigada, ex reo político y desterrado a Estados Unidos.

Un poder compartido

La co-presidencia es una idea de Ortega que vino mencionando en sus discursos para compartir el poder en un 50 por ciento con su esposa Murillo.

“La instauración de la co-presidencia para Murillo y la criminalización de la oposición bajo el concepto de traición a la patria, refleja una tiranía que busca sofocar cualquier disidencia”, apuntó Maradiaga. “Esta reforma, no es más que una formalización de un autoritarismo perverso que ha degradado la institucionalidad, pero ningún régimen, por opresivo que sea, es eterno”, añadió.

La dictadura establece que pueden ser candidatos a co-presidentes los que tienen la nacionalidad nicaragüense, que estén en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, haber cumplido 21 años y haber residido de forma continua en el país los seis años anteriores a la elección, salvo que durante dicho periodo, por mandato oficial del Estado, cumpliere misión diplomática, trabajare en organismos internacionales o realizare estudios en el extranjero.  

Con la nueva reforma, el periodo presidencial pasará de cinco a seis años.

Autor
Nicaragua Investiga

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