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Microfinancieras podrán renegociar deudas con clientes en mora a partir de julio

La Gaceta, Diario Oficial, muestra este viernes 12 de junio de 2020,  la resolución CD-CONAMI- 008-01MAY26-2020 de la Comisión Nacional de Microfinanzas que regula la operación de estas entidades de crédito en Nicaragua.

En la resolución se reconoce que «la situación de emergencia sanitaria que vive el país a consecuencia del brote de la pandemia de Covid-19 (…) ha generado pérdidas económicas y problemas para que los deudores puedan cumplir con el pago de sus créditos con las instituciones reguladas» y con base a ello ordena una reforma a la Norma de gestión del riesgo crediticio para instituciones de microfinanzas, «para que estas, previo análisis de la afectación de sus clientes puedan tener a disposición medidas de flexibilización que permitan modificar las condiciones contractuales suscritas con la finalidad de apoyar a que los deudores cumplan con su pago», dice el documento.

Medida es insuficiente

La nueva normativa indica que los refinanciamientos quedan a discreción de cada institución microfinanciera, pero estos deben ser solicitados por escrito por el deudor y se debe analizar la nueva capacidad de pago del mismo. También indica que «los intereses corrientes y de mora original no podrán ser objeto de refinanciamiento».

Esta es la primera medida de carácter económico que el gobierno de Daniel Ortega aplica en medio de la pandemia del COVID19, sin embargo para el economista Luis Murillo, esta medida está alejada de la realidad nicaragüense y sería insuficiente para mitigar el impacto económico.

Murillo considera que es «bastante difícil» que la mayor parte de deudores puedan aplicar a una renegociación. La medida no apoya a personas que han perdido el empleo, «más bien estas se van a ubicar principalmente en el sector de subsistencia  y buscando aquellas actividades muy marginales», como los vendedores ambulantes.

«La mayor parte de personas naturales o pequeños negocios de MIPYMES no podrían calificar porque solamente se reestructuraría a aquellos clientes que tienen una categoría A o B» indica el experto.

«Más bien estas personas que han perdido sus empleos, se van a enfrentar a una dura persecución y ejecución de todos sus bienes en el caso de que hayan tenido algún tipo de deuda con estas microfinancieras» explica Murillo.

Los sectores vulnerables siguen sin una respuesta por parte del gobierno de Ortega a diferencia de la región. Foto: NICARAGUA INVESTIGA

El experto también enfatiza que a diferencia de sectores como el turismo y el comercio, las microfinancieras han tenido mayores ingresos en medio de la crisis económica que azota al país, debido a la «agresiva recuperación» que mantienen estas instituciones con sus deudores y clientes y sin aplicar ningún tipo de medida que favorezca el bolsillo de los deudores.

Nicaragua Investiga trató de comunicarse con Verónica Herrera, presidenta de la Asociación de Microfinancieras para conocer su versión y explicara el alcance de esta medida, pero Herrera no respondió nuestras llamadas  y mensajes.

Por otro lado, la  nueva medida indica que «se prohíbe refinanciar operaciones de crédito que se encuentren reestructuradas», es decir aquellas personas que ya hayan hecho arreglos de pago no podrán volver a acceder a un nuevo beneficio de este tipo.

Las prórrogas, que es cuando un deudor renegocia el plazo para cancelar su deuda sin afectar otras cláusulas del contrato original como cuotas o intereses, podrá otorgarse por un máximo de seis meses.

«La prórroga deberá solicitarse por el deudor, no puede ser de oficio», dice la normativa. Estas prórrogas generarán cargos e intereses nuevos por parte de las microfinancieras.

«Las IMF debe intensificar el monitoreo de los créditos que refinanciaron, prorrogaron o reestructuraron», detalla la medida

Estas nuevas indicaciones, que se hacen a través de la reforma a varios artículos tendrá como período de vigencia el 1 de junio de 2020 al 30 de junio de 2021.

 

 

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