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Ley que establecía cédula para menores de edad es derogada. ¿Cuál es la razón?

Los menores de edad no tendrán acceso a una cédula de identidad, porque «no se ajusta a la realidad del país», demostrando que el régimen impulsa leyes sin estudios previos.

El régimen de Ortega-Murillo ha dado otro revés con sus iniciativas de reforma, que parecen impulsarse sin estudios previos. La Asamblea Nacional derogó este miércoles la Ley 1241 de Identificación Ciudadana, restableciendo la vigencia de la ley anterior. 

La exposición de motivos para derogar la ley fue presentada al presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras. 

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En ella, se argumenta que dicha ley no se ajusta a la realidad del país y se propone, en su lugar, restablecer la Ley 152, vigente desde 1993.

Esto significa que Nicaragua regresa a su modelo anterior de identificación ciudadana.

¿Qué más establecía la nueva ley?

 

La nueva iniciativa ahora derogada, proponía que los menores de 16 años en Nicaragua le otorgaran un documento de identidad, una disposición que no existía anteriormente. También proponía que un nicaragüense tendrá el proceso de cedulación basado en un número único que tendrá la persona desde el nacimiento hasta la defunción.

El Consejo Supremo Electoral (CSE) iba a emitir un documento que se diferencia de la cédula y se establecía una vigencia con diferentes rangos de edad: de 0 a 6 años, la fecha de vencimiento es el día que el ciudadano cumpla los 6 años.

Menores de 16 años tendrán documento de identidad en Nicaragua

De 6 a 13 años, la fecha de vencimiento es el día que el titular cumpla los 13; y de 13 a 16 años cumplidos, vencerá su documento especial, así establecido para las distintas etapas.

El documento de identificación para menores sería entregado a quien inscriba el nacimiento del o la menor en el Registro del Estado Civil de las Personas. Pero todo este impulso no se ajusta a la realidad del país, demostrando que el régimen impulsa leyes sin estudios previos.

Autor
Nicaragua Investiga

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