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Rosario Murillo consuma el despojo del fondo de pensiones del Poder Judicial

Diputados obedientes a la dictadura reformaron leyes 501 y 260, referidas al Poder Judicial, para suprimir un capital de 20 millones de dólares de los funcionarios de la carrera judicial.

La Asamblea Nacional aprobó este jueves, con voto unánime, ya que todos los diputados son obedientes a Daniel Ortega y Rosario Murillo, reformas a las leyes 501, Ley de Carrera Judicial y 260, Ley Orgánica del Poder Judicial, para eliminar el fondo de pensiones que tenían los funcionarios de la carrera judicial y de ahora en adelante solo reciban los beneficios de la jubilación mediante el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS).

“La reforma reconoce al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) como el único ente del país encargado de la seguridad social, las jubilaciones y pensiones, y suprime el fondo de pensiones de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, incorporado en la Carrera Judicial”, dice una nota de prensa de la Asamblea Nacional.

La medida es una represalia de Rosario Murillo, han afirmado fuentes del poder judicial a Nicaragua Investiga, porque nunca ha logrado que los magistrados judiciales sean completamente fieles a ella, sino que lo han sido siempre solo de Daniel Ortega.

Va en la misma línea de todas las facultades que los le han quitado al poder judicial en los últimos, mediante reformas a las leyes relacionadas con la Corte Suprema de Justicia (CSJ), como el traspaso de los registros públicos a la Procuraduría General de la República (PGR) y el hecho de que también le quitaron la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (Dirac), cuyos servicios generan dinero al Estado.

“(Murillo) ahora sí lo va a controlar (el poder judicial) y lo quiere hacer como un ministerio con alguien de su confianza, que no lo ha encontrado todavía o, si ya lo encontró, no lo quiere destapar todavía”, indicó una fuente judicial recientemente.

Rosario Murillo despojó de unos 20 millones de dólares al Poder Judicial al eliminarle fondo de pensiones

El fondo de pensiones

El fondo de pensiones del poder judicial, llamado Fondo de Beneficio de los funcionarios en retiro del Poder Judicial, se materializó a partir del año 2010, cuando fue certificado y aprobado por la misma Asamblea Nacional que ahora lo elimina.

Inició, explica a Nicaragua Investiga una fuente del poder judicial, solamente para los 16 magistrados que componían en ese momento la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y para los más de noventa magistrados de apelaciones de todo el país, aunque luego se amplió para otros funcionarios de la carrera judicial.

Los magistrados, voluntariamente, aportaban el uno o el dos por ciento de sus salarios, lo que hizo que el fondo, que despuntó con un capital semilla, fuera creciendo porque anualmente le entraban varios millones de córdobas. En la actualidad, explica la fuente judicial, el total era de 20 millones de dólares aproximadamente.

Las reformas

Las reformas a las dos leyes cercenan todo lo relacionado con el fondo de pensiones creado en 2010, y que se llama todavía Fondo de Beneficios de los Funcionarios de la Carrera Judicial. Pero será eliminado en los próximos días, por órdenes de Murillo.

Por ejemplo, se reforma el numeral 2 del artículo 6 de la ley de Carrera Judicial, con cuyo cambio le quitan al poder judicial el manejo de lo que se recaude por servicios judiciales, así como la potestad para administrar un fondo de ayuda social.

Con la reforma al numeral 11 del artículo 40 de la misma ley, le quitan a los funcionarios de la carrera judicial el derecho a gozar de un complemento de sus pensiones del INSS y en su lugar ponen que pueden gozar de todos los demás derechos y beneficios otorgados por el INSS, pero ya no del fondo de pensiones del poder judicial.

En el capítulo XVII de dicha ley, se elimina la creación del Fondo de Beneficios de los Funcionarios de la Carrera Judicial y solo dejan la creación del Instituto de Capacitación y Documentación Judicial.

Reforma también el artículo 81, quitándole la parte que decía que lo recaudado por el institución de capacitación era destinado para el fondo de pensiones.

En la otra ley, la 260, ley Orgánica del Poder Judicial, reforman el artículo 96 para eliminar que se destinen al fondo de pensiones el dinero que producen los aranceles judiciales a ser abonados para costear los gastos en que se incurre por la prestación de determinados servicios judiciales.

En el numeral 7 del artículo 142, siempre de la ley 260, se suprime que la Corte complemente la jubilación del INSS y se establece que los funcionarios de la carrera judicial solo deben gozar los beneficios que otorga el Seguro Social.

Va a consulta, en la Asamblea Nacional, la eliminación del fondo de pensiones del Poder Judicial

 

Derogaciones

A la vez, Murillo ordenó derogar el numeral 10 del artículo 40 de la ley de Carrera Judicial, quitándoles el derecho a los funcionarios de la carrera judicial para que puedan participar en el fondo de pensiones.

También se derogan los artículos 79, 80 y 82, de la misma ley de Carrera Judicial, que hablan de quienes pueden gozar del fondo de pensiones, la creación del fondo y de dónde saldrán los recursos para el mismo.

En la ley 260, ley Orgánica del Poder Judicial, se deroga el numeral 6 del artículo 142, en el que se habla de que magistrados y socios pueden gozar de indemnizaciones por muerte, incapacidad parcial o permanente, enfermedades, educación de hijos, cirugías y otras circunstancias similares, complementando los derechos que otorga la legislación en materia de seguridad social.

Autor
placerliterario

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