El régimen de Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional, controlada por su partido, una propuesta de reforma legal que pretende declarar nulas y sin efecto jurídico las sanciones internacionales impuestas contra funcionarios, instituciones y entidades asociadas al gobierno sandinista.
La iniciativa «Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas», presentada este miércoles 20 de noviembre de 2024, un día después de las reformas a la Constitución de la República de Nicaragua, busca proteger a los miembros del régimen de las consecuencias de las sanciones impuestas por varios países y organismos internacionales debido a sus violaciones a los derechos humanos y ataques a la democracia.
Esta reforma se presenta poco después de que el gobierno de Suiza renovara, el pasado 22 de octubre de 2024, las sanciones contra 21 funcionarios del régimen Ortega-Murillo, incluidos la vicedictadora Rosario Murillo y tres de sus hijos, por sus violaciones a los derechos humanos y sus ataques contra la democracia en Nicaragua.
Estas sanciones incluyen la congelación de activos y la prohibición de entrada al país europeo, lo que ha generado una creciente presión internacional sobre el régimen sandinista.
Con esta nueva iniciativa, Ortega busca desafiar las sanciones impuestas por la comunidad internacional, en un momento en que la presión sobre su régimen se intensifica debido a las graves acusaciones de represión y violación de derechos fundamentales en Nicaragua.
El artículo 4 de la reforma establece que «en Nicaragua se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones impuestas por Estados, grupos de Estados, gobiernos u organismos extranjeros que violen el derecho internacional». Esto significa que, de aprobarse, las sanciones internacionales carecerían de validez y aplicabilidad dentro del territorio nacional, independientemente de su naturaleza o alcance.
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Además, la ley obligaría a las instituciones financieras del país a brindar o restituir los servicios a las personas e instituciones que hayan sido sancionadas, lo que podría incluir la devolución de fondos congelados o la autorización para que las entidades sancionadas realicen transacciones y actividades financieras normalmente prohibidas por las sanciones internacionales.
El artículo 6 de la propuesta de ley establece que «las instituciones del Estado, autoridades, funcionarios y empleados públicos, ciudadanos y entidades privadas» que se vean afectados por sanciones internacionales podrán solicitar la restitución del servicio prestado y el resarcimiento de los daños. Esto se aplicaría de acuerdo con la Ley 842, la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.
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El proyecto también define las sanciones internacionales como «discriminatorias», subrayando que incluyen medidas como la negativa a realizar transacciones o brindar servicios que serían proporcionados bajo condiciones normales.
En este contexto, el artículo 5 estipula que las entidades reguladoras del Estado deberán garantizar que las instituciones financieras cumplan con las nuevas disposiciones, imponiendo sanciones y multas a quienes violen la ley.