A menos de 24 horas que el Tesoro de Estados Unidos sancionara a Difuso S.A. y a su dueño Juan Carlos Ortega Murillo, la empresa ha desaparecido su página en Facebook donde comúnmente daba a conocer información y mostraba parte del trabajo realizado.
Según el Tesoro de Estados Unidos, desde Difuso Comunicaciones, Ortega Murillo se dispone a acallar voces independientes, difundir propaganda gubernamental y «defender la violencia y la represión perpetradas por (Daniel) Ortega» .
«Difuso Comunicaciones SA fue designado por ser propiedad o estar bajo el control de Juan Ortega, una persona cuyos bienes e intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con EO 13851. Difuso Comunicaciones SA, una empresa de publicidad y relaciones públicas, es utilizada por Juan Ortega y el régimen de Ortega para difundir propaganda del régimen», dice el Tesoro.
NICARAGUA INVESTIGA intentó comunicarse sin éxito a los números de la empresa sancionada y no respondieron nuestras llamadas.
Difuso S.A. es una empresa de publicidad ha sido dirigida por Juan Carlos Ortega desde su creación en 2008, según la red de trabajos Linkedin.
Esta empresa mantenía cierta ventaja con el resto de empresas publicitarias por ofrecer servicios y grabaciones con drones los cuales permanecen prohibidos por el Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil desde 2014.
Antes de la crisis de 2018, varias empresas del sector privado contrataban los servicios de Difuso S.A, sin embargo el gobierno de Nicaragua ha sido el mayor contratista, según invetigaciones periodísticas.
El Instituto Nicaragüense de Turismo (Intur) pagó en 2018 una cantidad 460,399.74 córdobas en contrataciones menores o directas. Difuso también ha sido el acaparador de las empresas de mercadeo que ha brindado servicios publicitarios en el transporte público de Nicaragua.
Difuso viola Ley de Contrataciones Públicas
La investigadora Dayra Valle dijo a Nicaragua Investiga que Difuso estaba dentro del régimen de prohibiciones para poder participar en cualquier tipo de contrataciones.
Valle aclara que mediante la Ley 737 (Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público), en el artículo 18, prohíbe contrataciones para cualquier persona que tenga parentesco directo con la pareja presidencial.
«En este caso el de Juan Carlos con su parentesco directo con el presidente y vicepresidenta de la república estaba prohibido para realizar contrataciones», dice valle. Agrega que el hijo del presidente no podía participar en contrataciones públicas.
«En revisiones que hemos realizado de manera exhaustiva utilizando el portal Nicaragua Compra (SISCAE) que se había adjudicado de hace algunos años contratos desde cuantías menores hasta contratos bastantes millonarios», dice como parte del círculo de negocio de Juan Carlos Ortega.
El artículo 18 de dicha ley establece que, no podrán ser proveedores del Estado, ni celebrar contratos con los organismos y entidades del sector público quienes sean cónyuges o pareja en unión de hecho estable, o se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad o primero de afinidad.
«El cónyuge, la pareja en unión de hecho estable y los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los funcionarios públicos y de los servidores públicos cubiertos por las prohibiciones contempladas en la presente Ley», dice como una de las prohibiciones que aplica para Juan Carlos Ortega.
https://nicaraguainvestiga.com/la-lujosa-vida-de-juan-carlos-ortega-en-instagram/
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