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Jueces cometen prevaricato: Firmar un libro en delegaciones policiales «no existe»

La nueva estrategia de la dictadura consiste en detenciones y juicios exprés, y las visitas diarias de los procesados ante la Policía para firmar libro.

Imagen referencial. Archivo/ NI.

El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo sigue «inventando» procesos judiciales contra las voces disidentes. Su reciente estrategia consiste en detener arbitariamente a los opositores, encarcelarnos durante algunas horas, abrirles una causa penal e imponerles la medida cautelar de presentación periódica ante la Policía, todo de forma exprés.

Sin embargo, este proceso ni siquiera está establecido en las leyes nacionales.

«En mis 8 años en el Poder Judicial, jamás supe de alguien que como medida cautelar lo hicieran llegar a firmar un libro a una delegación policial, claro, porque esa medida no existe en la ley», refirió el experto en administración de justicia Yader Morazán.

El abogado explicó a Nicaragua Investiga que no hay un funcionario designado para tal cosa y está hasta taxativamente prohibido hacerlo en los términos en que fueron impuestas, de acuerdo al Código Penal Procesal.

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La dictadura tiene bajo esta medida desde inicios de mayo a al menos 75 personas, quienes deben de presentarse diariamente a las delegaciones policiales que el régimen les designó para firmar un libro.

Los nuevos «rehenes» de la dictadura están siendo procesados por los delitos de ciberdelitos y/o menoscabo a la integridad nacional en perjuicio del Estado, sin derecho a un abogado privado. La justicia sandinista les nombró uno de oficio.

«Por lo general, deben llegar a firmar antes de las 9 de la mañana, otros tienen programado llegar a las 6 de la mañana y quienes por alguna razón llegan tarde, los regañan, o la Policía los llega a traer a sus casas. Se les obliga a llegar 10 minutos antes de la cita, y de lunes a domingo», explicó Ivania Álvarez, integrante de redes ciudadanas de Urnas Abiertas.

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La activista relató a Nicaragua Investiga que los oficiales solicitan a los procesados la cédula de identidad y los hacen firmar para la asistencia, lo que ha provocado que muchos de los opositores tengan que ausentarse por horas en sus centros de labores y, algunos tengan que viajar largas distancias para llegar a la estación policial que les asignaron.

«Por ejemplo, algunos viven en una comunidad y tienen que ir al casco urbano porque así aparecen en su cédula. Si viven en el municipio de Managua, les toca viajar a Tipitapa, por ejemplo», explicó Álvarez.

Jueces podrían ir a prisión

Para el abogado Morazán «sin lugar a dudas, los jueces están cometiendo el “delito de prevaricato” por dictar resoluciones en contra de ley expresa».

El Código Procesal Penal establece en su artículo 166  que las únicas medidas cautelares son las que ese Código autoriza y su finalidad es asegurar la eficacia del proceso, garantizando la presencia del acusado y la regular obtención de las fuentes de prueba.

Y «en ningún caso las medidas cautelares podrán ser usadas como medio para obtener la confesión del imputado o como sanción penal anticipada».

La pena para estos jueces es de cinco a siete años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo período (Art.463 numeral 1 del Código Penal).

«El hecho que en este momento no existan las condiciones para hacer esas reclamaciones no significa que el delito se extingue, sino que queda a la espera de haber condiciones para que ellos den cuentas por sus actuaciones», refirió Morazán.

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Las medidas cautelares personales que el juez o el tribunal puede adoptar son la detención domiciliaria o su custodia por otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el tribunal ordene; impedimento de salida del país o de su localidad; presentación periódica ante el tribunal o la autoridad que él designe; abandono del hogar cuando se trata de violencia intrafamiliar o sexuales; suspensión en el desempeño de su cargo y prisión preventiva.

Entre las medidas cautelares reales que pueden imponer se encuentran la prestación de una caución económica adecuada, de no imposible cumplimiento, por el propio acusado o por otra persona, mediante depósito de dinero, valores, fianza de dos o más personas idóneas o garantías reales.

Así como la anotación preventiva en el Registro Público, como garantía por ulteriores responsabilidades; la inmovilización de cuentas bancarias y de certificados de acciones y títulos valores; el embargo o secuestro preventivo; y la intervención judicial de empresa.

Régimen impone «muerte social»

«Los procesados pueden hacer sus actividades luego de firmar, el problema es que las personas con trabajo formal deben de pedir permiso laboral y es probable que prescindan de sus servicios por estar fallando dos o tres horas. Quienes trabajan por cuenta propia han sufrido que los compradores no quieren llegar a sus negocios por temor a ser involucrados por el régimen», señaló Ivannia Álvarez.

La también exrea política manifestó que el régimen quiere darles la «muerte social» y obligarlos al exilio.

Aunque no llevan un registro de cuántas personas procesadas se han visto obligadas al desplazamiento forzado, afirma que «la estrategia del régimen es expulsar a estas personas por su propia voluntad».

«La estrategia del régimen es control total y librarse de la oposición en el país porque ya no necesitan ni asediar porque ahora el ciudadano se va a entregar todos los días (ante la Policía). El régimen ejerce control territorial. El aparato represor está en todos lados, y si se exilian se les hace fácil», declaró.

La activista recordó también que, desde Semana Santa, hay decenas de personas detenidas, incluidos sandinistas, que fueron llevados al Distrito Tres de Managua, en su mayoría, por haber participado en actividades religiosas de la Iglesia Católica.

Autor
Nicaragua Investiga
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