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¿Quiénes son los 10 nicaragüenses presos a los que la CIDH les otorgó medidas cautelares?

Entre los beneficiarios se encuentran el general retirado Álvaro Baltodano Cantarero y su hijo Álvaro Baltodano Monroy, encarcelados a mediados de este 2025

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anunció medidas cautelares de protección a favor de 10 nicaragüenses presos políticos, una decisión que adoptó este 27 de octubre que dio a conocer 48 horas después.

Entre los beneficiarios se encuentra el general en retiro y exfuncionario del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, Álvaro Antonio Baltodano Cantarero y su hijo Álvaro Baltodano Monroy.

El pasado mes de junio, la justicia los condenó a ambos a 20 años de cárcel al acusarlos de “lavar dinero proveniente de actividades delictivas y para la evasión fiscal contra la Hacienda Pública”.

Por muchos años, Baltodano cantero fue uno de los operadores políticos y económicos de la dictadura, mientras que su hijo, un empresario que en el año 2013 obtuvo la concesión de una planta geotérmica para la generación de electricidad en el país.

La acusación contra los Baltodano se produjo dos semanas después del encarcelamiento de Bayardo Arce, otro histórico comandante sandinista. Al exmilitar lo acusaron de «traición a la patria» y encerraron en la cárcel de La Modelo y a su hijo por supuestamente estar al frente de «empresas fantasmas».

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Los beneficiarios por la CIDH

De acuerdo con la CIDH, tanto ellos como los otro ocho nicaragüenses presos, «son reconocidas o percibidas como opositoras políticas al actual gobierno nicaragüense y fueron detenidas por autoridades estatales entre mayo y agosto de 2025. Actualmente no se tendría conocimiento sobre su destino, paradero o condiciones de detención y salud. Por su parte, el Estado no proporcionó información a la CIDH», aseguró la instancia que hace parte de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Los otros beneficiarios son María José Rojas Arburola, hija del asesinado opositor Rodolfo Rojas, que es parte de una serie de detenciones en redadas policiales que ocurrieron entre el 14 y 16 de agosto pasado, de acuerdo con organizaciones defensoras de derechos humanos en el exilio.

En esos mismos procesos encarcelaron al pintor Marvin Chavarría, otro de los nicaragüenses que recibió la medida de la CIDH; Chester Jaramil Cortés; a Yerri Estrada, un médico de León al que apresaron el 13 de agosto cuando regresaba de una brigada médica en Granada.

Las medidas cautelares también fueron para Octavio Enrique Calderam, Larry Javier Martínez Romero, Antonio Mercado López y Luis Francisco Ortiz Calero.

Todo este grupo beneficiario hace parte de una lista de 33 desaparecidos por la dictadura en el último año, de acuerdo con el informe del Mecanismo de Reconocimiento de Personas Presas Políticas actualizado hasta el 30 de agosto de 2025.

Las peticiones de la CIDH

En una nota de prensa, la CIDH exige a la dictadura que:

la Comisión consideró que las 10 personas beneficiarias se hallan en una situación de gravedad y urgencia de sufrir un daño irreparable a sus derechos. Por consiguiente, con base en el artículo 25 del Reglamento, la Comisión solicitó a Nicaragua que:

  1. Adopte las medidas necesarias para determinar la situación y paradero de las personas beneficiarias, con el fin de proteger sus derechos a la vida, integridad personal y salud;
  2. Indique de manera formal si las personas beneficiarias han sido acusadas de algún delito y/o si han sido presentados ante la autoridad judicial correspondiente. En caso contrario, aclarar el motivo de su detención sin cargos y sin supervisión judicial;
  3. Aclare las circunstancias y condiciones de sus detenciones, incluyendo el lugar de su detención. En particular, garantizar el contacto regular con sus familiares, representantes legales de confianza y autoridades consulares del país que también es nacional;
  4. Realice de manera inmediata una valoración médica integral sobre el estado de salud de las personas que presentan cuadros de salud, y se garantice atención adecuada mediante la definición precisa de un tratamiento médico, y se permita el acceso oportuno a los medicamentos requeridos, concertando las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes;
  5. Informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la presente resolución y así evitar su repetición.
Autor
Periodista Nicaragua Investiga

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