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Extrabajadores de la Fundación Chamorro en el limbo jurídico

De acuerdo con el Código Procesal Penal los juicios deben durar un plazo de tres meses cuando hay un acusado, y no existe la suspensión indefinida.

El régimen de Daniel Ortega inició en junio de 2021 el encarcelamiento de posibles candidatos presidenciales, activistas y hasta trabajadores de organizaciones no gubernamentales que no comparten su ideología política. Algunas de estas personas, como es el caso de los ex trabajadores de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCh) Marcos Fletes y Walter Gómez, ya cumplen casi ocho meses dentro de las celdas de El Chipote.

De acuerdo con la reforma al Código Penal de Nicaragua, aprobada en febrero del año pasado, «el plazo razonable para la investigación complementaria» de las personas detenidas «no podrá ser menor de quince ni mayor de noventa días» para que la persona en cuestión sea acusada. Esta reforma ha sido criticada por defensores de derechos humanos y abogados, quienes la han descrito como arbitraria.

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En el caso de Marcos Fletes y Walter Gómez, el Ministerio Público realizó su audiencia preliminar de forma oficial el 2 de septiembre, junto a Cristiana y Pedro Joaquín Chamorro, pero a puertas cerradas. Al igual que ellos, la mayoría de los presos políticos tienen procesos judiciales abiertos, los cuales desde el año pasado se encuentran suspendidos, y por lo tanto estas personas están en un «limbo jurídico» de acuerdo con defensores de derechos humanos.

Limbo jurídico

Gonzalo Carrión, abogado del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, explicó que «se trata de una absoluta arbitrariedad que redunda en inconstitucionalidad violatoria a todos los derechos humanos de todas las personas secuestradas, comenzando con la libertad individual y de manera sucesiva todos los actos que se han venido sumando».

De igual manera, Juan Carlos Arce del mismo Colectivo, explicó a Nicaragua Investiga que suspender los juicios de la manera arbitraria en que los jueces lo han hecho es ilegal ya, que estos procesos deben ser sin dilación, y además recae en la ilegalidad porque podrían estar cometiendo prevaricato, que es un delito que cometen las autoridades al dictar resoluciones o realizar acciones de forma arbitraria.

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«Se pueden suspender los actos, pero no los procesos de forma indefinida. Yo no te puedo decir: tu proceso queda suspendido hasta nuevo aviso. En ese caso se debe proceder a la liberación porque el acusado no puede quedar en un limbo jurídico, y en este momento, ellos (los presos políticos) lo están», refirió Arce.

El Código Procesal Penal de Nicaragua establece que la duración de un proceso penal contra un acusado «se deberá pronunciar veredicto o sentencia en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la primera audiencia. Si no hay reo detenido, este plazo se elevará a seis meses», sin embargo Fletes y Gómez están por cumplir ocho meses, y al igual que la mayoría de presos políticos, ya superaron el plazo establecido por las leyes nicaragüenses.

Poderes del Estado responden a Ortega

Para Juan Carlos Arce todas estas arbitrariedades cometidas por el poder judicial nicaragüense solamente demuestran la forma en que todos los poderes del Estado responden a Daniel Ortega. «El hecho de que todos estemos claros que Ortega, por las razones que sea ha mandado a suspender los procesos, indica que Ortega controla todas las variables de la administración de justicia, y demuestra que el sistema judicial está completamente demolido», indicó.

Esta inclinación de las autoridades judiciales hacia las órdenes de Ortega ha generado respuesta por parte de la comunidad internacional. En agosto del 2021, la Unión Europea sancionó a Alba Luz Ramos porque «tiene a su cargo la instrumentalización del Poder Judicial a favor de los intereses del régimen de Ortega, a través de la criminalización selectiva de las actividades de oposición, perpetuando el patrón de violaciones a los derechos del debido proceso y detenciones arbitrarias», señala el documento que justifica dichas sanciones.

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