La reciente reforma al artículo 37 de Constitución Política aprobada por la Asamblea Nacional que está controlada por el FSLN, entró en vigencia este 19 de enero tras su publicación en La Gaceta. Esta reforma a la Carta Magna establece la pena perpetua para los ciudadanos que cometan, lo que el gobierno considere, como crímenes de odio.
El artículo 37 establece que no se impondrá una pena mayor de 30 años a ningún ciudadano nicaragüense, pero la reforma agrega a esta norma que «excepcionalmente se impondrá la pena de prisión perpetua revisable para las personas condenadas por delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional».
Diputados aprueban reforma para establecer cadena perpetua en Nicaragua
Esto significa que a partir de este martes 19 de enero, los ciudadanos que sean acusados de cometer crímenes de odio podrán ser encarcelados de por vida. Esta medida fue aprobada el pasado 18 de enero por los legisladores en una sesión especial realizada en Ciudad Darío, municipio de Matagalpa, en conmemoración del natalicio del poeta y príncipe de las letras castellanas, Rubén Darío.
La cadena perpetua forma parte de un combo de leyes que el gobierno de Daniel Ortega ha impulsado en los últimos meses para perseguir a quienes se oponen a su gobierno e incluso inhibirlos para potar a cargos de elección popular, según ha denunciado la oposición política del país.
Ahora que la cadena perpetua puede ser impuesta en el país por mandato Constitucional, el siguiente paso para que pueda ser aplicada es reformar el Código Penal.
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