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Costa Rica exigirá visado de tránsito a nicaragüenses ¿Qué significa?

Costa Rica exigirá visado de tránsito a personas de Cuba, Nicaragua y Venezuela, informó Migración de este país. Sólo están exentos quienes tengan visa americana o residencia europea.

Costa Rica exigirá visado de tránsito a nicaragüenses. FOTO: NI

Costa Rica exigirá visado de tránsito a nicaragüenses, venezolanos y cubanos que pretendan pasar por su territorio por algún motivo. Es decir, que las personas que entren a Costa Rica aunque su destino sea otro país, deberán tener un visado de tránsito para poder movilizarse.

Hasta el momento la visa se requería sólo a quienes pretendían permanecer en Costa Rica, que es uno de los países más utilizados por nicaragüenses que viajan a Panamá, España y otros lugares del mundo, o bien, quienes huyen de la persecución del régimen de Daniel Ortega.

Cuatro presidentes ha tenido Costa Rica desde que Ortega retomó el poder en Nicaragua

De acuerdo con las autoridades de migración costarricenses, «toda persona nacional de Nicaragua, Cuba y Venezuela, que pretenda ingresar al país vía aérea bajo la categoría migratoria de No Residente, subcategoría Persona Extranjera en Tránsito, para efectuar el cambio de aeronave, deberá presentar obligatoriamente los requisitos y respetar los procedimientos, que al efecto establezca esta Dirección General».

Si bien las autoridades migratorias de Costa Rica destacaron que el fin es «asegurar que las distintas aerolíneas con destino a Europa y Estados Unidos puedan trasladar a estas personas extranjeras de forma segura», la realidad es que este nuevo requisito será sólo para Cuba, Venezuela y Nicaragua, tres países sometidos a dictaduras de izquierda.

¿Quiénes se exentan?

El documento emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica señala que hay excepciones para algunas personas. La comunicación indica que personas que posean visa tipo B1-B2, B1 o B2, visa tipo D, C1/D de múltiples ingresos para Estados Unidos y Canadá, no necesitarán visado de tránsito para ingresar a Costa Rica.

También países como Estados Unidos, Canadá, Suiza, Inglaterra, Gales, Escocia, Irlanda del Norte y los de la Unión Europea están exentos de estos requisitos, siempre y cuando tengan visa con permanencia legal con múltiples ingresos y vigencia mínima de seis meses.

Es decir, los nicaragüenses que tengan visa americana o residencia en Europa no es necesario que soliciten la visa de tránsito.

Los requisitos para solicitarla son:

  1.  Llenar el “FORMULARIO DE SOLICITUD PARA VISA DE TRANSITO”
  2. Presentar el comprobante de pago de los derechos consulares.
  3. Presentar los boletos de viaje en los que consten las fechas de ingreso y salida del país.
  4. En caso de solicitudes por razones laborales, deberán aportar carta del patrono en la
    que se indique la función que desempeñará la persona nicaragüense en su puesto de
    trabajo.

Visado exigido a venezolanos

El gobierno costarricense también informó que a partir del 21 de febrero, a las personas procedentes de Venezuela se les exigirá visa de ingreso al país.

También Costa Rica argumentó que otros países han adoptado la solicitud de visa, sumado a los requisitos tanto migratorios como sanitarios, que “generan el rechazo durante las entrevistas de control migratorio en otros países, provocando el retorno de personas venezolanas a países de origen”.

Históricamente los ciudadanos venezolanos no requerían visa para ingresar a Costa Rica, a como tampoco los costarricenses a Venezuela como turistas por un tiempo igual o inferior a noventa días.

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