Daniel Ortega pretende aplastar a bancos y otras entidades financieras a través de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financiera (Siboif) que impondrá multas hasta 50 mil dólares, a aquellas organizaciones bancarias y financieras que no reporten información de sus clientes a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), según una publicación de La Gaceta, Diario Oficial.
Esta nueva medida es basada en lo establecido en la reforma a la Ley 977, “Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”. La resolución obliga a los bancos, financieras, mercado de valores, almacenes generales y empresas aseguradoras a brindar información de fondos o activos de sus clientes (personas u organizaciones) cuando la Unidad de Análisis Financiero (UAF) lo solicite.
“Las instituciones financieras supervisadas una vez reciban la comunicación de las listas por parte de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) procederán sin demora a la búsqueda, detección e inmovilización de los fondos u otros activos que se encuentren en su poder, también buscarán registros de operaciones completadas o intentadas que involucren a las personas y organizaciones designadas, procediendo a informar a la UAF de manera confidencial el resultado positivo o negativo de la búsqueda”, cita la publicación de La Gaceta.
De lo contrario, las entidades financieras serán sancionadas con multas hasta 50 mil dólares. “Cuando el Superintendente observare cualquier infracción de las leyes que le corresponde aplicar a la Superintendencia, incluyendo la presente Ley, las normas y resoluciones del Consejo Directivo, así como de las órdenes, resoluciones e instrucciones que dicte el Superintendente, o irregularidades en el funcionamiento de una sociedad de seguros, o recibiere de estos documentos o informes que no correspondan a su verdadera situación, podrá imponerle sanción administrativa ajustada a la importancia de la falta, de quinientos (500) hasta cincuenta mil (50,000) unidades de multa”, señala.
Además, contempla sanciones por demorar la entrega de información a la UAF o cuando la entidad supervisada revoque o modifique el congelamiento de fondos o activos sin la autorización de la entidad judicial.
Investigar a clientes
Por otra parte, la resolución obliga a los bancos y entidades financieras a investigar a sus clientes y el origen de sus recursos económicos antes de iniciar una relación contractual. De hacer negocios con personas u organizaciones sospechosas también serán sometidos a sanciones.
Advierte que deben buscar la información requerida por la UAF dentro de sus bases de datos. Para esto la UAF proveerá un listado de personas o entidades a los que bancos y entidades financieras deberán congelar sus fondos de manera preventiva en caso de tenerlos entre su cartera de clientes.
“Cuando la entidad supervisada efectúe la búsqueda contra su respectiva base de datos y detecte fondos o activos relacionados con las personas o entidades designadas en la lista que haya recibido de la UAF, pero no evidencia haber efectuado la inmovilización preventiva de los mismos”.
Finalmente, establece sanciones de 5,000 a 50,000 dólares directivos o trabajadores de las instituciones financieras que informen a los clientes o entidades que están siendo investigados. Además advierte que podrían ser sancionados penal, civil y administrativamente.
Estas medidas responden a las reformas a la Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, criticada por ser utilizada por Ortega para criminalizar a manifestantes opositores luego de iniciadas las protestas en 2018.
IMPORTANTE
Este contenido llega a usted de manera gratuita, pero necesitamos su apoyo para seguir brindando periodismo de calidad y mantener nuestra independencia. Su contribución es muy valiosa para Nicaragua Investiga. Con su donativo usted aporta al periodismo que hacemos en este proyecto. Para donar haga click aquí https://bit.ly/2HT5Wsm
You must be logged in to post a comment Login