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Empleadas domésticas tienen derecho a hasta un aguinaldo y medio

Para quienes laboran en actividades domésticas en el hogar con dormida adentro, “el decimotercer mes aumenta en un 50 por ciento, es decir que se paga aguinaldo y medio”.

Hasta enero de 2022 se calculaba que en Nicaragua había unas 250 mil mujeres que se dedicaban al oficio de asistentes del hogar o servicio doméstico. A la mayoría se les irrespetan sus derechos, como son sus horarios de descanso, el pago de seguro social y el de sus prestaciones. De hecho, algunas ni siquiera saben que por ley les corresponde un cálculo de aguinaldo, vacaciones y antigüedad equivalentes a salario y medio mensual.

Desde el 22 de septiembre de 2008, fecha en que entró en vigencia la Ley de reformas y adiciones al Código del Trabajo (Ley 666), a las empleadas domésticas que laboran con dormida adentro, se les tasó un cálculo diferencial en sus prestaciones sociales (aguinaldo, vacaciones, antigüedad).

“Para los efectos de establecer la base de cálculo para el pago de sus prestaciones se tomarán en cuenta adicionalmente los alimentos y habitación que se den, con un valor equivalente al cincuenta por ciento del salario que perciba en dinero”, detalla el párrafo dos del artículo 146 del Código del Trabajo.

Aguinaldo, su origen y cómo se estableció en Nicaragua

De acuerdo a la explicación del blog de educación financiera Dele Peso a Sus Pesos, para quienes laboran en actividades domésticas en el hogar con dormida adentro, “el decimotercer mes aumenta en un 50 por ciento, es decir que se paga aguinaldo y medio”.

“En caso de que trabajen con salida diaria (jornada completa), es aguinaldo regular o un mes de salario. En casos que dichas labores fueran por ciertas horas o días, se paga proporcional”, aclara.

También aplica para conductores y jardineros

Según estas explicaciones, cuando se refieren a “trabajadores del servicio del hogar”, no es solo para las asistentes (domésticas), aquí caben también conductores, jardineros o cualquier otro trabajador del servicio doméstico que duermen en su trabajo. Con todos ellos el empleador está obligado no solo a pagarle un 50 por ciento adicional de aguinaldo, también lo debe hacer con las vacaciones y el cálculo de antigüedad.

Algunos juristas han destacado que esta reforma al Código del Trabajo en 2008 es un reconocimiento a quienes realizan labores del hogar, puesto que no siempre les pagan horas extras y muchas veces sus empleadores les violan sus derechos.

La trabajadora del hogar, sindicalista y Secretaria General de la Federación de Trabajadoras Domésticas y Oficios Varios de Managua «Julia Herrera De Pomares” (Fetradomov), Andrea Morales, explicó al medio de comunicación La Lupa, que uno de los principales derechos que se viola a quienes realizan labores del hogar es el contrato de trabajo.

“No hay contrato de trabajo. Una compañera puede ser que llegue a una casa, pregunta cuántas personas va a atender, le dicen que dos, tres o cuatro, pero al momento de trabajar puede ser que no atienda a cuatro, sino a seis. Le dicen a qué hora es la hora de entrada, pero no le dicen la hora de salida, o le dicen que se quede más tarde porque le piden ayuda en algo. Se vulnera el derecho a los horarios de trabajo. Para nosotras es importante que las mujeres tengan su seguro social, solo el 3% lo tiene y eso es uno de los derechos más violentados”, explicó Morales.

Sin embargo, la legislación nacional reconoce como válidos los contratos verbales en el servicio doméstico, trabajos en el campo, temporales u ocasionales que no excedan de 10 días, por lo que aunque no exista un documento, el trabajador/a puede reclamar sus derechos a su empleador y en caso de una negativa, acudir ante el Ministerio del Trabajo (Mitrab).

¿Cómo usar el aguinaldo de la manera más eficiente?

¿Cuándo se debe pagar el aguinaldo?

El aguinaldo o décimo tender mes, es un derecho adicional para todos los trabajadores, independientemente del tiempo que tengan de laborar, pues las leyes de Nicaragua establecen que se debe pagar aunque solo se tenga un mes laborado, en este y en caso de no completar el año de trabajo, el cálculo es proporcional.

“El pago del decimotercer mes se hace con base al período comprendido entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre de este año, por lo cual, en caso de tener salario variable, deberás esperar hasta el último día de noviembre para saber exactamente cuánto serán tus ingresos del mes y así saber a cuánto ascenderá tu aguinaldo”, señala el blog Dele Peso a Sus Pesos.

Desde hace varios años los trabajadores del Estado reciben adelantado el pago de su aguinaldo, normalmente después de la segunda quincena de noviembre, este 2023 será el 24 del mismo mes. En el caso de los que laboran en el sector privado, la ley establece que deben recibirlo entre el 1 y 10 de diciembre, y si el empleador no lo hace en ese tiempo deberá pagar un día de salario adicional por cada día de retraso.

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Nicaragua Investiga
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