De acuerdo con el Código del Trabajo de Nicaragua, los trabajadores tienen derecho a días de descanso remunerado en fechas específicas de carácter nacional. Para el año 2026, estos feriados de observancia obligatoria son los siguientes:
- 1 de enero (jueves): Celebración del Año Nuevo.
- 2 de abril (jueves): Jueves Santo.
- 3 de abril (viernes): Viernes Santo.
- 1 de mayo (viernes): Día Internacional de los Trabajadores.
- 19 de julio (miércoles): Conmemoración del Aniversario de la Revolución Sandinista.
- 14 de septiembre (lunes): Batalla de San Jacinto.
- 15 de septiembre (martes): Día principal de la Independencia.
- 25 de diciembre (viernes): Navidad.
Estas fechas representan pausas obligatorias en la actividad laboral, con pago completo del salario, aplicables tanto en el sector público como privado.
Reglas sobre traslados y compensaciones
Si un feriado coincide con un día no laborable, como domingo, generalmente se mueve al lunes siguiente para garantizar el descanso efectivo. Sin embargo, ciertas fechas mantienen su celebración fija, independientemente del día de la semana. En el sector privado, los empleadores y empleados pueden negociar arreglos especiales si se requiere trabajar en estos días, incluyendo compensaciones adicionales o días libres alternos.
Período vacacional de fin de año en el sector público
Los empleados de instituciones estatales disfrutarán de un receso extendido por las festividades decembrinas, iniciando al concluir la jornada del viernes 19 de diciembre de 2025 y extendiéndose hasta el lunes 5 de enero de 2026. La reincorporación a las labores ocurrirá el martes 6 de enero de 2026. Este esquema permite un descanso prolongado, incorporando los feriados nacionales del 25 de diciembre y 1 de enero, que no afectan el conteo de vacaciones.
Esta planificación busca facilitar la «unión familiar» y las tradiciones de cierre de año, manteniendo el equilibrio entre el descanso y las obligaciones laborales en el país según han argumentado redes asociadas el régimen sandinista.
Nicaragua Investiga



































