Tras solo un día de la reciente aprobación de reforma al artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua, con la cual estaría permitiéndose el establecimiento de la cadena perpetua, un grupo de diputados de la Asamblea Nacional ha presentado este martes una iniciativa de Ley de reforma y adición al Código Penal de la República y la Ley 779 que regula la violencia contra las mujeres.
Diputados aprueban reforma para establecer cadena perpetua en Nicaragua
Como una carrera contrarreloj, los diputados presentaron ante el parlamento una Ley de reforma al Código Penal y a la Ley 779, con el fin de establecer los tipos penales o «delitos de extrema peligrosidad» que serán sujetos a la sanción con cadena perpetua.
¿Qué delitos tendrán prisión perpetua?
A través de la reforma presentada por los diputados, se establece que «los delitos de extrema gravedad» recibirán la pena de prisión permanente, por lo que han incluido reformar la Ley 779 y así establecer los delitos sujetos a dicha sanción.
El delito de parricidio bajo circunstancias de asesinato agravado constituiría a pena de prisión perpetua revisable. Es decir, que el delito sea cometido bajo asfixia, incendio, explosión o veneno; cuando exista flagelación del cuerpo de la víctima, cuando se realice en presencia de un niño o adolescente, cuando la persona sea vulnerable (alguna discapacidad, embarazo o mayor de 65 años). De igual forma, cuando el hecho sea cometido por un grupo delictivo, como resultado de ritos grupales, que sea cometido después de una violación; o que haya sido cometido por odio, motivado por intolerancia y discriminación. O bien, en caso de que se trate de un asesinato múltiple.
En el caso de los femicidios, también se aplicará cadena perpetua si la pareja o ex pareja de la víctima menosprecia su cuerpo, existe misoginia, o si el hecho es cometido en presencia de los hijos e hijas, o ante cualquier menor.
Retroceso en derechos humanos
La Constitución Política de Nicaragua indica que las penas son de carácter reeducativas, es decir que el objetivo de estas es la reeducación y reinserción de la persona acusada a la sociedad. Por tanto, a través de la iniciativa presentada por los parlamentarios, justifican la propuesta con el establecimiento de una prisión perpetua revisable dentro de un plazo de 30 años con la cual estas podrían someterse a revisión y otorgar libertad condicional a la persona detenida.
«La mera posibilidad de reversión del encarcelamiento transforma la pena de prisión en respetuosa de los derechos fundamentales y de los derechos humanos, pues no afectaría los fines de reeducación penal y reinserción social» detalla el escrito.
Advierten riesgo de reformar Constitución para establecer cadena perpetua
Sin embargo, especialistas del derecho han sostenido que este cambio en el Código Penal significa un retroceso de 46 años en materia de derechos humanos para el país, y que además la extensión de las penas no resolvería «los problemas de criminalidad y abusos que continúan en aumento». De igual forma, muchos consideran que estos cambios en la Ley se tratan de una herramienta política más del gobierno de Daniel Ortega para reprimir a la oposición y retomar las detenciones arbitrarias ocurridas en 2018.
Por su parte, activistas feministas han alertado que los crímenes machistas en Nicaragua no disminuirán con estas penas y en su lugar deberían establecerse revisiones al funcionamiento actual para evitar que violadores y femicidas sean indultados, como ha sucedido masivamente durante el último año.
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