La reforma al Código Penal recientemente hecha por la Asamblea Nacional controlada por el Frente Sandinista de Liberación Nacional, fue publicada este lunes 25 de enero en La Gaceta, y con esto se consuma su entrada en vigencia y podrá ser aplicada para quienes cometan crímenes de odio, de acuerdo a lo expresado por funcionarios de gobierno.
Además de la reforma al Código Penal, también se hizo una modificación al artículo 9 de la Ley 779, Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres, la cual establece prisión perpetua para quien de muerte a una mujer tras «haber pretendido infructuosamente mantener o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima».
De igual manera, si el señalado tiene relaciones conyugales con la víctima, si el femicidio fuera resultado de violencia reiterada contra la víctima, o por el menosprecio del cuerpo de la víctima, por misoginia, mutilación genital, entre otras.
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También se impondrá prisión perpetua a quienes cometan los delitos de parricidio y femicidio, en donde haya indicios de asfixia, incendio, explosión, veneno, flagelación, mutilación o descuartizamiento en el cadáver de la víctima. También, si el asesinato fue en presencia de un menor de edad, si la victima misma es menor de edad o si ocurre después de una violación.
La cadena perpetua también será impuesta si la victima es «especialmente vulnerable por razón de enfermedad o discapacidad física o psíquica para resistir, o se trate de una mujer embarazada o persona mayor de 65 años de edad». De igual manera, si el delito es cometido por «miembros de grupo delictivo organizado, o banda organizada nacional o internacional».
Si el hecho es motivado por ritos grupales, creencias o fanatismo religioso o deportivo, así como, el odio, intolerancia o discriminación por orientación o identidad sexual, expresión de género, origen étnico, condición social y económica, nacionalidad, religión, ideología, color de piel, discapacidad o profesión de la víctima.
Esta agravante será impuesta y comprobada cuando «el que cometió el delito ha expresado de manera personal, en redes sociales o por algún medio de difusión, el desprecio o intolerancia contra una persona o grupos de personas a las que previamente amenazó y acosó por algunas de la circunstancias mencionadas».
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La nueva reforma califica la prisión perpetua como una pena grave y para quien sea acusado de cómplice, se le impondrá una pena máxima de 20 a 30 años de cárcel. Así mismo, el inciso G del artículo 133 del Código Penal establece que los delitos que sean castigados con cadena perpetua no prescribirán en ningún caso.
La imposición de la Cadena Perpetua forma parte de un combo de normas que buscan castigar e inhabilitar a los opositores de Daniel Ortega en pleno año electoral, según han denunciado sus detractores.
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