Desde hace algunos días circula en redes sociales un video de un conductor de un taxi que se masturba mientras conduce con una joven como pasajera. La denuncia que se ha hecho viral en redes sociales ha causado revuelo debido a que esta acción no es la primera que se visibiliza en Nicaragua, y que no ocurre únicamente en el transporte selectivo, sino también en los autobuses.
En el video que dura aproximadamente 17 segundos la joven increpa al taxista por sus actos obscenos. Según lo explicado en redes sociales, el video lo ha tenido que cargar varias veces ya que la plataforma (Facebook) se lo ha eliminado.
«No me voy a cansar de publicarlo hasta que lo agarren, porque yo pude bajarme y salir de ese carro pero no todas corremos con la misma suerte», escribió la joven en sus redes sociales. A través de su perfil de Facebook la joven aseguró que interpuso la denuncia ante la policía, pero esta no ha informado acerca del avance del caso.
Hechos como este han sucedido anteriormente. En enero del año 2020 otra mujer en Managua fue víctima de este tipo de acoso sexual por otro taxista, quien incluso le realizó insinuaciones sexuales. De este caso, igualmente, se sabe poco acerca de el proceso legal.
Las leyes tipifican estos actos como delitos
Tanto en el Código Penal de Nicaragua como en la Ley de Integral contra la violencia hacia la mujer, ley 779, se tipifican estas acciones como delitos de acoso sexual y exhibicionismo.
La Ley 779 establece como violencia sexual «toda acción que obliga a la mujer a mantener contacto sexual, físico o verbal, o participar en otras interacciones sexuales mediante el uso de la fuerza, intimidación, coerción, chantaje, soborno, manipulación, amenaza o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad o su libertad sexual».
Acoso callejero: el gran ausente en las leyes nicaragüenses
Asimismo, los artículos 540 y 541 del Código Penal tipifican como exhibicionismo este tipo de actos, que son penalizados con hasta 32 días multa, según se establece.
Para la socióloga y feminista, coordinadora del movimiento feminista La Corriente, María Teresa Blandón, el acoso callejero hacia las mujeres es una problemática que se da tanto de Nicaragua como en otros países en diferentes ámbitos, pero que se vuelven más peligrosos cuando las víctimas se encuentran sin compañía.
«Puede resultar profundamente peligroso cuando se trata de taxistas, porque por lo general eso ocurre cuando las mujeres están solas y ese acto de agresión deja a la víctima en un estado de indefensión, porque quien lleva el control del vehículo es este hombre, que como vemos en el video, se masturba obligando a esta usuaria a ser testigo de un acto grotesco», señala.
La responsabilidad de las instituciones
El Instituto Regulador de Transporte del Municipio de Managua (Irtramma) o el mismo Ministerio de Trasporte e Infraestructura (MTI) deberían actuar de oficio en conjunto con la Policía, cuando existen este tipo de pruebas y denuncias públicas realizadas, de acuerdo con Blandón.
«El Estado no reacciona (y) las instituciones deberían tomar nota porque ahí hay una prueba fehaciente (…) y ese nivel de impunidad ayuda a que se mantengan y se reproduzcan estas formas de violencia», detalla.
Por otro lado, la activista defensora de derechos humanos, Nancy Mora, coincidió por aparte con Blandón, afirmando que las instituciones encargadas de regular el transporte deberían tomar parte en este tipo de denuncias para intentar erradicar la reproducción de actos similares.
«Es verdad que para la parte legal están las instituciones como a la policía, ministerio público y juzgados, pero también hay que ver a otras instituciones. Aquí si el Ministerio del Trabajo tiene un rol fundamental de tomar cartas en el asunto y actuar junto a la cooperativa del propietario del taxi de este conductor», explica.
En este sentido, Nicaragua Investiga trató de comunicarse con Irtramma, para conocer su posición al respecto, pero no hubo respuesta.
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