La Asamblea Nacional aprobó la reforma al artículo 165 de la Constitución Política de Nicaragua relacionado al Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial como un organismo autónomo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que tiene entre sus funciones «conocer, investigar y resolver en lo que competa las infracciones al régimen disciplinario en que incurran los profesionales del Derecho y los funcionarios de la Carrera Judicial».
En la reforma se deroga el numeral 4 que facultaba «supervisar el funcionamiento administrativo de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil, así como el de las oficinas de servicios comunes».
También se reforman los numerales 5 y 6 «para desvincular a los Registros Públicos de la administración de justicia, función propia del Poder Judicial», de tal forma que separan a los Registradores Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil del control del Consejo.
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El numeral 5 reformado se leerá así: «Nombrar médicos forenses y secretarios de Actuaciones de conformidad con lo establecido en la Ley de la materia».
El numeral 6 reformado señala: «Instruir, conocer y resolver de las denuncias por faltas disciplinarias leves, graves y muy graves de los médicos forenses y secretarios de Actuaciones, imponiendo las sanciones que establece la Ley de la materia».
La reforma fue aprobada en primera legislatura la mañana de este martes, 31 de octubre. La creación del Consejo ocurre en medio de despidos, suspensiones y desalojos de varios funcionarios del Poder Judicial, incluida la magistrada presidenta, Alba Luz Ramos.
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