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¿Cómo se ha aplicado la cadena perpetua en Nicaragua desde su aprobación?

La cadena perpetua posee términos ambiguos que pueden quedar sujetos a la interpretación. ¿Cómo se ha aplicado hasta el momento y en qué casos?

Desde hace más de un año, la ley de cadena perpetua en Nicaragua entró en vigencia, y a pesar que fue incluida en lo que la comunidad internacional definió como «combo de leyes anti oposición», aún no se utiliza contra opositores a la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

La cadena perpetua en Nicaragua se ha aplicado a personas que han cometido «crímenes de odio», término que aún no se ha definido en las normativas del país, y que debido al contexto en que fue creada, se intuía que se utilizaría en contra de quienes no comparten la ideología de Daniel Ortega.

Sin embargo, hasta el momento, los casos en que se ha condenado a personas a cadena perpetua, han sido a quienes han cometido homicidio agravado, y dichos crímenes han conmocionado a la población nicaragüense.

Casos de cadena perpetua

El primer caso de cadena perpetua en Nicaragua fue a Bernardo Arístides Pastrana Ochoa y Jorge Luis Mondragón Acosta, quienes fueron declarados culpables por asesinar cruelmente a la joven trans Kendra Contreras, mejor conocida como LalaAmbas personas se declararon culpables del brutal homicidio. A Lala la apedrearon y arrastraron atada de un caballo.

3 crímenes impactantes en Nicaragua durante los últimos años

Casos similares al de Lala, donde personas asesinan a alguien de forma cruel, han sido los que han precedido las condenas de cadena perpetua en el país. El último de estos fue declarado el pasado 19 de mayo, en la condena leída a Máximo Geovanny Duarte Roa, quien asesinó a su pareja, Danya Argentina Pérez Rodríguez, de siete puñaladas.

¿Qué significa crimen de odio?

De acuerdo a la Ley 1057, ley de reforma al artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua, las personas que cometan crímenes de odio serán excepciones para ser condenados, en vez de la pena máxima que en el país es 30 años, a cadena perpetua revisable, sin embargo, en la reforma ejecutada y aprobada por parlamentarios sandinistas, no se especifica qué es un crimen de odio, por lo tanto, el término es «ambiguo» para algunos juristas.

Cabe destacar que en la ley 1058, ley de reforma al Código Penal y ley 779, se aclara que algunos delitos como: asesinato agravado, parricidio y femicidio. Son punitivos de cadena perpetua cuando poseen dos o más características de las que explica la normativa.

Para el abogado en el exilio, Yader Morazán, la ambigüedad de este término puede quedar sujeto a discrecionalidad de algunas personas.

«Las definiciones de un término que será utilizado por una ley, siempre lo determina la misma ley. Pero en Nicaragua no existe una definición jurídica de “crímenes de odio”, siendo el término muy ambiguo y sujeto de muchas interpretaciones, que pudieran ser doctrinales y no legales», destaca.

Por lo tanto, Morazán señala que puede ser usada, además, para cometer «arbitrariedades selectivas».

¿Se puede aplicar a los opositores?

La abogada penalista Yonarqui Martínez, señala que esta normativa, que hasta el momento sólo se ha aplicado a homicidas y femicidas, puede claramente ser impuesta sobre opositores al régimen de Ortega, y lo que más levanta alarmas es que las acusaciones y señalamientos que implementa Daniel Ortega y Rosario Murillo en sus discursos, terminan siendo, tarde o temprano, armas jurídicas contra sus opositores.

Morazán coincidió con Martínez, por separado, afirmando que este patrón se ha identificado en Nicaragua desde hace muchos años, en que se legalizan cosas dichas por la pareja presidencial, con el fin de intimidar a sus opositores.

¿Cómo avanzan posibles reformas a leyes punitivas que amenazan a sacerdotes y opositores?

«El problema en Nicaragua es que un discurso se convierte en ley y luego se convierte en proceso que ni goza de apariencia de legalidad. Incluso, a veces el discurso empieza a operar, y después crean la herramienta jurídica, a como ha pasado con todas las últimas leyes», dice Morazán.

¿Cómo se identifica este patrón?

Un ejemplo claro de este patrón, se encuentra en los discursos de Daniel Ortega, quien, desde su posición, como líder del Frente Sandinista ha señalado a opositores de lavar dinero, y posteriormente abierto juicios por esa misma causa a las personas en cuestión.

Otra forma de ejemplificar la situación, es que durante muchos meses Ortega y Murillo dijeron que los hechos ocurridos de 2018 en adelante fueron actos de menoscabo a la integridad nacional, y posteriormente se aprobó la ley 1055, la cual, cuyo único artículo criminaliza estas acciones, que al igual que «crimen de odio», son términos que se prestan a la interpretación.

Yonarqui Martínez es abogada y defensora de derechos humanos. A partir del año 2018 se hizo cargo de decenas de casos de presos políticos o personas que denunciaban estar secuestradas por la Policía de Nicaragua.

«Aquí tenés un ejemplo claro, y algo de lo que yo fui la primera en decir: al principio nosotros, los defensores, denunciábamos que habían pasado 48 horas y no los habían presentado, o que el tiempo para investigación se había agotado. ¿Qué hicieron ellos? aprobar una ley donde extendían el plazo a 90 días para poder tenerlos (a los reos políticos) más tiempo», dice.

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