Salir de Nicaragua no es tan complicado cuando se es adulto, basta presentar en los puestos fronterizos el pasaporte, cédula de identidad o residencia en el caso de los países del Área CA-4 (Guatemala, El Salvador y Honduras), sin embargo, el asunto es un poco más complejo cuando se trata de salida de menores de edad.
Si en sus planes está salir de Nicaragua junto a sus hijos o cualquier otro menor de edad que esté bajo su tutela, además del pasaporte del infante necesitará una Visa de Salida de Menor, y para poder solicitarla tendrá que presentarse ante la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) o una de sus oficinas departamentales con los siguientes documentos:
- Pasaporte del menor
- Documento de identidad de ambos padres en buen estado (cédula original y copia ampliada)
- Permiso notarial de salida de menor
- Formulario de trámite migratorio.
Estos son los requisitos para solicitar o renovar el pasaporte nicaragüense
Los tres primeros documentos debe llevarlos cuando se presente en las oficinas de la DGME, en el caso del Formulario de trámite migratorio lo compra una vez que esté en el lugar y lo deberá llenar con los datos del menor y tendrá que ser firmado por uno de los padres. El costo del documento es de 14 centavos de dólar o el equivalente en córdobas.
El siguiente paso es acudir a una de las ventanillas, en la que le llamarán de acuerdo al órden de llegada y el tipo de trámite a realizar, ahí deberá entregar los documentos para que el oficial proceda a la revisión y verificación de los mismos.
Tiempo después el oficial lo llamará por el nombre del menor y le entregará el pasaporte ya sellado con la visa.
¿Cuánto cuesta la visa?
La Visa de Salida de Menor tiene diferentes costos e incluso hay una que es gratis, esto depende de la cantidad de días o meses que el menor estará fuera de Nicaragua.
- Visa ordinaria: es válida por 30 días, no se paga, pero solo aplica para una salida
- Visa múltiple de tres meses: tiene un costo de 8.62 dólares (equivalentes a unos 315.4 córdobas).
- Visa múltiple válida por seis meses: en esta el precio se eleva a 17.24 dólares (unos 631 córdobas).
- Visa múltiple válida por un año: tiene un costo de 34.49 dólares (1,262 córdobas).
Los pagos de cualquiera de estas visas se realizan en la caja de las mismas oficinas de Migración, ya sea en dólares o moneda nacional.
Además es importante que tenga en cuenta que si solicita visa múltiple, “debe especificarse en el permiso de salida notariado”, según la información que proporciona la DGME.
Si el trámite lo realiza en la sede central de la DGME o en alguna de las oficinas de Managua, la visa será entregada el mismo día. En el caso de realizar el proceso en las oficinas departamentales, deberá esperar al menos seis días laborables para que le sea entregada.
En algunos casos especiales la DGME señala:
- Si uno o ambos padres son extranjeros, podrán identificarse con Pasaporte vigente o con Cédula de Residencia en Nicaragua vigente. Presentar original y copia.
- Si los padres son residentes en el exterior y no portan cédula de identidad nicaragüense, podrán realizar el trámite con su carné de residente. Presentar original y copia.
- Los padres con doble nacionalidad que no porten cédula de identidad nicaragüense, podrán realizar el trámite con documento de identidad de la otra nacionalidad. Presentar original y copia.
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Otros datos a tomar en cuenta
Si uno de los padres está fuera del país, el apoderado o representante del menor deberá presentar poder especial que lo faculte para realizar el trámite. Si el poder es elaborado fuera del país, deberá estar apostillado o legalizado.
En caso de que ambos padres estén en el exterior, la DGME señala que el apoderado o representante del menor deberá presentar un poder especial que lo faculte para realizar el trámite, del mismo modo, si el poder es elaborado fuera del país, tiene que estar apostillado o autenticado en la representación consular de Nicaragua.
Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar la original y fotocopia del acta de defunción, y si ambos ya murieron se debe adicionar la original y copia de certificación de sentencia en la que se otorgue la representación legal a quien realiza el trámite.
¿Y si alguno de los padres está preso?
Presentar original y copia de sentencia, además de la Certificación de la sentencia mediante la cual se suspendieron los derechos al padre privado de libertad. En caso de que la sentencia no contemple pérdida de derechos, deberán autorizar la salida ambos padres mediante escritura pública.