El régimen de Nicaragua establecerá un tarifario para registros, certificados y cualquier otro trámite en la Cinemateca, sus órganos y dependencias, esto mediante una iniciativa de reforma a la Ley Creadora de la Cinemateca Nacional que el martes 16 de enero envió al Parlamento el dictador Daniel Ortega.
Con la iniciativa se pretende reformar el artículo 10 de dicha ley, que se refiere a la prestación de servicios, pero que dejaba en vaguedad el costo de estos y bajo el criterio de la institución.
Desde su creación en agosto de 2015, dicho artículo se lee así:
“Las tarifas por prestación de servicios que brinde la Cinemateca Nacional, sus órganos y dependencias, por mandato de esta ley, serán establecidas por medio de los instrumentos legales que corresponda”.
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Luego que se apruebe la iniciativa de ley, ese texto será reemplazado por otro que habla únicamente sobre las tarifas de prestación de servicios y detalla el costo de cada uno.
Tarifas
Por ejemplo, para el servicio de registro cinematográfico y audiovisual, y emisión de un certificado de este tipo se deben pagar entre 350 hasta 600 córdobas en caso de ser persona natural o jurídica; para las renovaciones se pagaría la mitad de esas tarifas.
El el caso de comercialización para la distribución, así como exhibición, la tarifa es de 350 y 600 córdobas, respectivamente. Enseñanza audiovisual y cinematográfica, 100 córdobas si es persona natural y 500 córdobas si es jurídica. En el caso de los creativos y artísticos, así como técnicos cinematográficos se establecen tarifas de 100 córdobas.
Las reposiciones de estos certificados en caso de pérdida o extravío tendrán un costo de 100 córdobas para personas naturales y 200 córdobas para personas jurídicas.
Quienes tengan pensado realizar una película de producción nacional deberán solicitar un certificado con un costo que va de 300 córdobas para personas naturales hasta 600 para las jurídicas, y en caso de reposición deben saldar la mitad de estos precios.
En el caso de la coproducción de una película, los costos se elevan a 750 y hasta 1,000 córdobas y la reposición la mitad de estos precios.
Costos de permisos de filmación
Los costos más elevados los tienen los permisos, por ejemplo, para la producción de una obra audiovisual o cinematográfica, ya que una persona natural debe pagar 1,500 córdobas y las jurídicas 3,000 córdobas; las renovaciones o prórrogas serán la mitad de estos precios.
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Costo de otros permisos:
- Derecho de filmación a extranjeros: si es persona natural debe pagar 2,500 córdobas y si es jurídica 4,000 córdobas. Los costos de renovación o prórroga serían la mitad de estos precios.
- Distribución de Obras Andiovisuales y/o Cinematográficas: se deben pagar entre 500 y 1,000 córdobas, y los costos de renovación y prórroga también a mitad de precio.
- Exhibición de Obras Audiovisuales y/o Cinematográficas: entre 1,000 y 2,000 córdobas, con renovaciones y prórrogas a mitad de este precio.
Administración de los recursos percibidos por la Cinemateca
En el artículo 10 de la ley sin reforma, se establecía que los “recursos obtenidos” serían asignados a la misma Cinemateca Nacional. Ccon la reforma este dinero pasará a la “Cuenta Única del Tesoro” y será el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el que “liquidará y transferirá el dinero”.
En la reforma se estipula que las tarifas por los servicios establecidos, “podrán ser actualizadas anualmente por la Cinemateca Nacional mediante resolución administrativa”.