La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Nicaragua comenzó a reincorporar en su sistema oficial a un grupo de abogados y notarios que habían sido dados de baja del registro en julio. Sin embargo, la reaparición no implica la recuperación plena de sus facultades: varios de los reactivados figuran bajo el estatus de “en revisión por Inspectoría” y carecen de autorización para cartular, lo que les impide formalizar escrituras públicas.
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Según testimonios recogidos por medios locales, algunos de los profesionales que volvieron a aparecer en la plataforma viajaron previamente a Managua, donde fueron sometidos a investigaciones. En ciertos casos, firmaron cartas de compromiso en las que se comprometían a no participar en actividades políticas. Un abogado del norte del país afirmó que las restituciones se produjeron precisamente después de la firma de esos documentos. Otro profesional que también fue reactivado confirmó que, pese a reaparecer en el sistema, sigue suspendido de funciones y sin permiso para cartular.
La eliminación masiva de registros de julio afectó al menos a 2.000 abogados. Varios de los consultados sostienen que la medida tuvo un componente político y que no todos los que se presentaron en la sede de la CSJ lograron ser reincorporados. Algunos tenían antecedentes de incidentes, quejas o medidas cautelares, lo que impidió su reactivación. También se reportó que ciertos abogados volvieron al sistema después de acercamientos con el Frente Sandinista.
La baja alcanzó además a decenas de policías en servicio que se habían graduado en Derecho y estaban inscritos ante la Corte. Según uno de los entrevistados, la intención era evitar que abandonaran la institución para ejercer como abogados litigantes. Casos de este tipo se registraron en Managua, Estelí y Madriz.
El abogado Rudy Siles, quien se encuentra en el exilio y cuyo nombre tampoco figura en el registro, cuestionó la reactivación parcial. Señaló que la exclusión de alrededor de 2.000 profesionales se realizó sin notificación previa, sin procedimientos disciplinarios individualizados, sin motivación jurídica y sin recursos efectivos, por lo que calificó el acto como administrativamente nulo. Añadió que la medida vulneró el artículo 34 de la Constitución Política de Nicaragua, así como las garantías de debido proceso y el derecho a la defensa.
Hasta el momento no se ha conocido una respuesta oficial de la CSJ sobre las reactivaciones, las restricciones para cartular ni los cuestionamientos planteados por los abogados afectados.
*Este artículo fue elaborado mediante la colaboración estratégica entre nuestro equipo editorial y herramientas de inteligencia artificial.
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