Ante la Sala Constitucional fue interpuesta una queja contra la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), luego que esta fallara en contra del recurso de exhibición a favor del exsacerdote y exembajador ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Edgar Parrales, arrestado el pasado 22 de noviembre en las afueras de su casa en Managua.
La queja fue interpuesta por Carmen Dolores Córdova, esposa del exdiplomático, recordando los serios problemas de salud que tiene el doctor Parrales, acusado de supuesta conspiración en menoscabo de la integridad nacional.
“El presente recurso de queja tiene por objeto que los Honorables Magistrados que conforman la Sala de lo Constitucional, examinen a la luz del Principio de Legalidad, protección y tutela de los derechos humanos y garantía al acceso a la justicia los argumentos de hechos y de derechos anteriormente agrimidos y que a mi juicio ameritan la censura judicial de todo lo actuado y por consiguiente se declare con lugar el recurso de queja interpuesto y resuelva ordenar a la Sala Penal Uno que proceda a lo inmediato a la designación mediante mandamiento del juez ejecutor respectivo para que proceda sin dilación alguna a realizar las diligencias que corresponden en el presente caso en donde está en juego la integridad personal y la vida de mi esposo Edgard Fransico Parrales Castillo”, indica el documento.
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Preocupa salud de Parrales
Hay que recordar que Parrales fue detenido por hombres de civil, que se indentificaron como agentes de la Policía Nacional, pero sin presentar ninguna orden judicial. Luego de ello se interpuso un recurso de exhibición por detención ilegal en contra del jefe de la Dirección de Auxilio Judicial, comisionado general Luis Alberto Olivas, pero este fue rechazado.
Parrales, de 79 años es el preso político de mayor edad. A él le fue extirpada la mitad del colón y además padece de colón irritable, diverticulosis, una hernia y otros padecimientos propios de su avanzada edad.
La esposa del Parrales subraya que este fue «detenido ilegalmente ya que al momento de su captura no se le mostró orden judicial del Juez competente que dispusiera su detención y porque además no ha cometido delito alguno».
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Córdova enfatiza que el artículo 23 de la Constitución que el “derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana”, mientras que el artículo 36 “dispone que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral y que nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas, ni a tratos crueles, inhumano o degradantes lo cual en este caso dado el estado de salud grave de mi esposo y su edad biológica debieron ser comprobadas por el juez ejecutor que debía ser designado por la Sala Penal Uno lo que cual nunca ocurrió por las razones antes apuntadas”.
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