Tras la cancelación de alrededor de cinco universidades por parte de la Asamblea Nacional en menos de 24 horas, el día 3 de febrero el Consejo Nacional de Universidades tomó control de algunas de las instituciones que vieron su personería cancelada. Todo en nombre de la «continuidad académica», que prometieron a los estudiantes. Sin embargo, el CNU no fue concebido para tal tarea.
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El Consejo fue establecido el 5 de abril de 1990, a 20 días de que el gobierno sandinista entregara las riendas del país a la Unión Nacional Opositora, a través de la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior (N°89). Entonces el CNU lo conformaban ocho instituciones:
- Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN, tanto de Managua como de León, contadas de forma separada)
- Universidad Nacional de Ingeniería (UNI)
- Universidad Nacional Agraria (UNA)
- Universidad Centroamericana (UCA)
- Universidad Politécnica de Nicaragua (UPOLI, personería cancelada el 2 de febrero de 2022)
- Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería de Rivas (EIAG; hoy Universidad, UNIAG)
- Escuela de Agricultura y Ganadería de Estelí (EAG; luego Universidad Católica del Trópico Seco de Estelí, UCATSE, personería cancelada el 2 de febrero de 2022)
Más tarde, se agregarían la Universidad India y Caribeña de Bluefields (1992) y la Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense (1993).
Constitución prohíbe la «intervención, expropiación y embargo»
En el artículo 56, la ley estipula que «El Consejo Nacional de Universidades es un órgano de coordinación y asesoría de las universidades y centro de Educación Técnica Superior» y aunque la ley le otorga varios poderes en el artículo 58, como «autorizar la creación de nuevas universidades o centros técnicos superiores», no le permite tomar control de centros educativos pues sobrepasa sus funciones.
Es más, la Constitución Política de la República de Nicaragua, en su artículo 125, prohíbe la «intervención, expropiación y embargo» sobre los bienes y rentas de las universidades por motivos regulatorios, como los expuestos por la Asamblea Nacional para cancelar las personerías de estas de estas instituciones de enseñanza superior.
El especialista en administración de justicia y exfuncionario del Poder Judicial, Yader Morazán, a través de un hilo de Twitter explicó que «la Asamblea Nacional sólo podía cancelar la personalidad jurídica de las universidades una vez agotado el proceso correctivo del Departamento de Registros y Controles de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, quien pudo haber impuesto multas o intervención temporal».
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Además, señala que «las medidas o sanciones correctivas del ente regulador son apelables», o sea, «no adquieren suficiente fuerza mientras no se haya agotado cualquier contradicción y alegación por parte del afectado». Morazán reitera que todo acto, sea de alguna institución o funcionario, «si se hace y ejecuta sin un debido proceso y menos sin intervención y debida defensa de las partes involucrada», es inválido.
Lo anterior lo dice la ley, NO YO, y te sirve para desarmar cualquier “argumento”sapo que se reduzca a historias de inactividad financiera, evasión de controles, usura y el lucro de los rectores y directivos de las Universidades.
— Yader Morazán ⚖️ 🇳🇮 (@YaderMorazan) February 4, 2022
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