Un cambista originario de Masaya intentó en tres ocasiones evadir la pensión alimenticia que debía dar a su hijo discapacitado. El hombre solicitó ante el Poder Judicial rebajar el monto de la obligación de 120 dólares (C$4,306) a 21.6 dólares (C$775.24), al cambio oficial.
El solicitante alegaba que su situación económica ha desmejorado; que tiene dos hijos más con discapacidad, que es enfermo crónico y que con la pandemia quedó desempleado.
Sin embargo, de acuerdo a medios oficialistas, las pruebas presentadas por éste no fueron suficientes para que el Tribunal de Apelaciones cambiara la orden dictada por la jueza segundo de distrito de Familia, Marlene de Fátima Zamora Zepeda, emitido en enero de este año, cuando dictaminó que el cambista deberá pagar la pensión alimenticia de por vida a su hijo.
Argumentos no son congruentes con la “buena vida” que se da
La jueza, en el momento de la demanda examinó que en promedio, el consumo de luz de la casa residencial del demandante es de 7,000 córdobas, lo que denota la calidad de vida que lleva y no es congruente con sus argumentos de insolvencia económica.
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Tras las investigaciones del equipo de trabajo social del Poder Judicial, se demostró que el demandante vive en una casa de una zona residencial de Masaya y con electrodomésticos de calidad, lo que no coincide con sus alegatos de percibir pocos ingresos para asumir la pensión de alimentos que por obligación le corresponde.
En 2017, el demandante solicitó a la jueza primero de distrito de Familia, María José Arauz la rebaja de la pensión, pero ésta rechazó la solicitud y validó el acuerdo ya ratificado con la madre de su hijo, una costurera de 38 años, quien dedica cuido a su hijo durante las 24 horas del día.
El hijo de los querellantes tiene epilepsia, parálisis cerebral, hemiplejía izquierda y alteraciones en su esfera psíquica desde su niñez, por lo que requieren atenciones y cuidados especiales de por vida.
En su momento, la jueza Arauz determinó que no era cierto que el demandante solo ganara C$6,000 al mes como cambista, “ya que esos ingresos dependen de la cantidad de dinero que cada cliente cambie”, y si así fuera la situación, no habría podido comprar una camioneta del año en el 2014, cuando realizó el acuerdo de pago de la pensión.
Tribunal de Apelaciones desestima caso
El caso de apelación presentado por el cambista fue recibido por la Sala Dos del tribunal, pero como la parte apelante no compareció en el término legal para defender su posición, la autoridad judicial desestimó el recurso interpuesto y confirmó automáticamente el fallo de primera instancia.
Con esto, se acogieron como válidas las pruebas de la parte apelada, entre las que figura un recibo de luz y el historial de pago extendido por Disnorte-Dissur, que consigna que el cambista paga facturas mensuales de 7,000 córdobas en su residencia de Masaya, lo que evidencia su solvencia económica.
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En tanto, la demandada mantuvo oposición a la reforma de la pensión, alegó que cuando se realizó el acuerdo en 2014, el demandante ya sabía de la discapacidad de sus otros dos hijos y aún así aceptó pagar 120 dólares (C$4,306).
Agregó que la situación económica del demandante no ha cambiado, que es dueño de un puesto de carne y otro de ropa usada en Masaya. Agregó que ya no solo labora como cambista sino como prestamista, por tanto, cuenta con ingresos suficientes para cubrir su obligación alimentaria.
El cambista intentó poner en contra de la madre al hijo de ambos, pues la querellada cuando tuvo el tiempo de responder a la demanda, argumentó que en un momento que el hijo visitó a los abuelos paternos, el padre lo llevó a un lugar donde nadie lo escuchara y le dijo que ella (la madre) le estaba robando miles de dólares que él le depositaba para que en el futuro tuviera una vida honorable.
Ante éstas declaraciones, su hijo se enojó con ella, hasta que lo convenció de que más bien, en 2019, lo demandó en los Juzgados de Violencia para que pudiera cumplir con su deber alimentario que por ley natural y judicial le corresponde.
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