El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo comete una ilegalidad tras otra. Luego de haber desterrado de Nicaragua a 222 excarcelados políticos, arremetió la tarde del miércoles 15 febrero contra otros 94 nicaragüenses a los que les arrebató la nacionalidad. En ambos casos ha violado la Constitución Política de Nicaragua y otras leyes como el Código Procesal Penal.
Para acusar, condenar e imponer penas a personas que hayan cometido uno o varios delitos, los procesos requieren de varios meses de investigación, que el acusado se encuentre en el país y además que tengan el derecho a la defensa, así como muchos otros pasos que la justicia al mando del régimen violó, dejando una vez más al descubierto crímenes de lesa humanidad, como lo han explicado en reiteradas ocasiones los profesionales del derecho.
En el proceso contra los 94 nicaragüenses, la abogada Yonarqui Martínez explica que se violó el artículo 95 del Código Procesal Penal de Nicaragua, el cual establece en su numeral 13 “no ser juzgado en ausencia, excepto cuando se fugue una vez iniciado el juicio” y en el caso de estos ciudadanos, la mayoría no están en suelo nicaragüense desde hace algunos años.
¿Por qué ningún nicaragüense puede ser despojado de su nacionalidad?
En cuanto a la Constitución Política de Nicaragua, la abogada expone que se violó el artículo 34, numeral 4, en el que se explica que toda personas en un proceso tiene derecho “a que se garantice su intervención y debida defensa desde el inicio del proceso o procedimiento y a disponer de tiempo y medios adecuados para su defensa”.
Martínez agrega que “estos artículos no han sido derogados” y que con este actuar el sistema judicial de Nicaragua está “irrespetando la norma”.
Reforma constitucional aún no está vigente
Danny Ramírez-Ayerdiz, secretario ejecutivo del Centro de Asistencia Legal Interamericano en Derechos Humanos (CALIDH), reafirma que al despojarles de nacionalidad a estas 94 personas se viola la Constitución Política, que en su artículo 20, que tampoco ha sido derogado, establece que “ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad” aún si adoptara la nacionalidad de otro país.
Además de esto, Ramírez-Ayerdiz explica que “todavía no está vigente la reforma constitucional que dice que a los supuestos traidores de la patria se les va a quitar la nacionalidad, han violado el Código Penal y han cometido otra vez crímenes de lesa humanidad”.
El abogado y extrabajador del Poder Judicial, Yader Morazán, que también está en la lista de las 94 personas a las que les arrebataron la nacionalidad, cuestionó el actuar del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, a través de su cuenta de Twitter.
“La dictadura de los Ortega-Murillo ya me acusó junto a otras personas. Pero yo quisiera saber, ¿cómo se me impuso una pena sin proceso y que además ni existe en el Código penal? ¿Desde cuándo la Ley rige para hechos del pasado? ¿Desde cuándo un magistrado lee resoluciones ajenas?”, increpó Morazán.
La dictadura de los #OrtMu ya me acusó junto a otras personas. Pero yo quisiera saber, ¿cómo se me impuso una pena sin proceso y que además ni existe en el Código penal? ¿Desde cuando la ley rige para hechos del pasado? ¿Desde cuando un magistrado lee resoluciones ajenas? 🤡 pic.twitter.com/nSKOvki3dD
— Yader Morazán ⚖️ 🇳🇮 (@YaderMorazan) February 16, 2023
Otro punto a destacar es el hecho que los supuestos acusados no se encuentran en Nicaragua y por lo tanto, no pueden ser llevados a un proceso y menos acusados y condenados.
Confiscación de bienes es “completamente descabellado”
“Lo que me preocupa son las acusaciones por traición a la patria, yo no vivo en Nicaragua desde hace años, he ido y vuelto de Nicaragua y Argentina en distintos momentos, estuve en el momento de la crisis, volví y me fui el 17 de mayo de 2019, entonces no entiendo como me pueden incriminar en un delito donde yo ni siquiera estoy en el país, cómo me pueden declarar prófugo si existe el principio de exclusividad territorial donde el delito que juzga el Poder Judicial es el que se que comete dentro de la jurisdicción”, alega el abogado Danny Ramírez-Ayerdiz.
En cuanto a la confiscación de los bienes, el abogado de CALIDH explica que es “completamente descabellado” porque la misma Constitución protege la propiedad privada y prohíbe la confiscación de bienes. Agrega que en el Código Penal eso no existe y que para que un bien sea sustraído solo se puede hacer en el caso que “hayan sido adquiridos de manera ilícita” a través del narcotráfico, trata de personas, enriquecimiento ilícito, entre otras. Sin embargo, expone que a estas personas “no se les está acusando de ninguno de estos delitos”.
“Nicaragua tiene un principio rector de su ley procesal y es el principio de inmediación que implica que todas las partes estén presentes en el proceso, incluido el acusado. Si el acusado no está presente, pero que tampoco cometió los delitos por los que se le acusan en la jurisdicción nicaragüense no puede ser acusado, solamente por circunstancias extraordinarias, que Nicaragua pida la extradición… pero no se puede hacer como lo hizo el Tribunal de Apelaciones de Managua, porque no tiene es facultad”, explica Danny.
«Un vulgar escrito» no me va a quitar la nacionalidad nicaragüense
En todo caso, el abogado agrega que “los únicos que tiene la facultad de recibir acusaciones por este tipo de delito, de acuerdo al Código Procesal Penal, son los juzgados de distrito penal de audiencia; y ante la falta del acusado, el caso debe ser declarado en rebeldía, no prófugo de la justicia porque esa figura ni siquiera existe”.
Sin embargo, ninguno de los 94 acusados por la justicia al servicio del régimen Ortega-Murillo puede ser denominado como “prófugo”, porque a ninguno les han consultado si quieren o no comparecer ante los juzgados.
“Yo no he recibido ninguna notificación. Lo correcto sería que me notifiquen a través del Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina la supuesta acusación… Todos estos actos son completamente ilegales, arbitrarios y unilaterales, solo demuestran nada más que sigue evidenciándose una concentración absoluta de funciones en el Poder Ejecutivo y que el Poder Judicial no tiene ningún tipo ni rasgos de imparcialidad”, concluye Danny Ramirez.Ayerdiz.
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