El sistema de la seguridad social de Nicaragua tiene similitudes en su funcionamiento al de otros países, ya que requiere de una buena partida de aporte patronal, otra laboral y también parte estatal, con la que se aseguran pensiones, atención médica y el monto económico en concepto de jubilación para los cotizantes.
Pero para poder entender la seguridad social de Nicaragua hay que remontarse hasta sus orígenes, en 1920, cuando motivados por la creación de leyes sobre sobre seguridad social en Europa, los gobernantes centroamericanos de la época empezaron a dar los primeros pasos.
Fue así que el 7 de febrero de 1923, durante la Convención Internacional de Derecho Laboral que se celebraba en Washington, Estados Unidos, los países centroamericanos firmaron un tratado en el que se comprometían a desarrollar programas de este tipo.
En el caso específico de Nicaragua, se empezaron a dar varios pasos, el primero habría sido el 15 de julio de 1930, con la aprobación del Sistema de Jubilación al Magisterio que estaba dirigido para mayores de 60 años de edad, con un período mínimo de 20 años de servicio.
La jubilación era una especie de “subsidio” que otorgaba el Estado “exclusivamente a los maestros pobres” que habían ejercido el magisterio “como una profesión y no de manera accidental o complementaria de ingresos, en los colegios y escuelas nacionales o municipales”.
Diez años después de esta ley, en 1940, surgió el Reglamento de Jubilación, Pensiones y Subsidios de Obreros y Empleados Ferroviarios, y el 26 de octubre de ese mismo año se creó el Fondo de Pensiones y Ahorro para Empleados de la Banca Nacional. Estos fueron el preámbulo para que se aprobara el primer Código del Trabajo en Nicaragua, cuyo nacimiento fue el 1 de abril de 1945.
Después de la creación del Código del Trabajo, surgieron:
- El 24 de mayo de 1949, la Ley Creadora de la Oficina de Pensiones y Retiros de la Guardia Nacional.
- En 1950, bajo el segundo mandato de Anastasio “Tacho” Somoza García, se plasma en la Constitución Política la obligación de crear el Instituto Nacional de Seguridad Social para la protección de los trabajadores cuyo financiamiento sería tripartito.
- El 7 de julio de 1952, mediante decreto, se crea el Ministerio del Trabajo como Secretaría del Estado, responsable de la aplicación del Código del Trabajo y del Seguro Social.
Nacimiento del INSS
Pese a ello, aún no se establecía en sí un sistema de seguridad social como el que conocemos ahora. El proceso siguió su curso. Según datos recabados en un documento monográfico del repositorio de la UNAN-Managua, en 1953, el entonces presidente de Nicaragua Anastasio Somoza García orientó se realizara un estudio que indicara los procesos necesarios para impulsar el programa de Seguridad Social en Nicaragua.
Entre el 22 de diciembre de 1955 y el 2 de enero de 1956 vio la luz el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), tras aprobarse y entrar en vigencia la Ley Orgánica de Seguridad Social (Decreto legislativo No. 161), que giraban en tres aspectos:
- Asistencia social que incluía “auxiliar a los indigentes y necesitados”.
- Asistencia médica y médico-hospitalaria en nombre de la Nación, disponiendo de todos los recursos que para tal fin tuviere el Estado.
- Seguros sociales para “proteger a los trabajadores, de los riesgos de enfermedad común, invalidez, ancianidad y desocupación”.
Dicha ley fue producto de las investigaciones y gestiones de la “Comisión Planificadora del Instituto Nacional de Seguridad Social”, creada el 9 de mayo de 1955, según consta en otro documento monográfico de la Universidad Centroamericana (UCA).
Los primeros asegurados: los Somoza
Uno de los principales promotores e impulsor del proyecto de seguro social habría sido Luis A. Somoza, el hijo del primero de la dinastía. Tal fue su empeño que también formaba parte de la Comisión Especial creada para dictaminar el Proyecto de Ley que se enviaría a la Cámara de Diputados.
Álvaro Somoza Urcuyo, hijo de Luis A. Somoza, rememoró en un artículo publicado por la revista Magazine como su padre llegaba a las oficinas del Seguro Social y recibía a personas que le pedían ayuda.
Si bien la Ley Creadora del Seguro Social se materializó en el segundo período presidencial de Anastasio Somoza García, fue después de su muerte y ya en tiempos del gobierno asumido por su hijo Luis Somoza García, que el INSS inicia los procesos de afiliación en 1957 y en simultáneo construye sus propias instalaciones, comenzando a brindar servicios de salud a los asegurados y a sus beneficiarios.
“Desde el inicio se crean dos ‘ramas’ del seguro: las prestaciones por Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y las prestaciones por Salud y Maternidad (Régimen Integral). En 1963 el INSS inaugura su primer hospital, de carácter muy moderno, en la ciudad de León”, detalla el documento recopilatorio de la UNAN-Managua.
Los primeros tres asegurados del INSS fueron Luis Somoza Debayle, Anastasio Somoza Debayle y Hope Portocarrero de Somoza.
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La llegada de los sandinistas
Según un documento en poder de la Organización Panamericana de la Salud (OMS), que recaba información sobre el Seguro Social de Nicaragua y a las Empresas Médicas Previsionales, “hasta 1978, el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social proporcionaba una generosa cobertura de salud a sus miembros, trabajadores del sector formal y sus familias y contaba con su propia red de proveedores”.
En ese entonces el INSS proporcionaba atención de salud y un seguro maternal, pensiones e indemnización laboral a los trabajadores del sector formal.
Para 1979, aún con el período convulso de la caída de la dinastía somocista y la entrada de la Revolución Popular Sandinista, el INSS prestaba servicios de salud a través de su propia red de proveedores médicos, contaba con tres hospitales, un policlínico de especialidades médicas y varios servicios ambulatorios, la mayoría de estos ubicados en áreas urbanas en todo el país.
“El INSS tenía un total de 129,517 afiliados, lo que representaba el 7% de la fuerza de trabajo del país, 84,287 cargas y un total de 213,804 beneficiarios (aproximadamente el 5% de la población de Nicaragua). Los afiliados al INSS en su mayoría eran trabajadores empleados formalmente y sólo una pequeña proporción estaba formada por trabajadores independientes suscritos al INSS en forma voluntaria”, detalla el documento de la OMS que recoge esta información hasta 1998.
Con la llegada del régimen sandinista en la segunda mitad de 1979 y que se extendió por más de 10 años, las cosas cambiaron en el INSS. En ese entonces sus hospitales y centros de de salud pasaron a ser manejados por el Ministerio de Salud (MINSA), y así el Estado se convirtió “en el único proveedor de servicios de salud en Nicaragua”.
“El INSS ya no participó en la prestación de atención de salud durante este período y se produjo un deterioro en el acceso a la atención de salud para los beneficiarios del INSS”, señaló la OMS.
La nueva Ley de Seguridad Social
El régimen sandinista de esa época cambió el nombre del INSS y pasó a llamarse Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar (INSSBI), tras anexarle funciones del Ministerio de Bienestar Social. En 1982 se promovió la nueva Ley de Seguridad Social que conllevaba decretos y reformas que reducían la edad para pensionarse, extendieron el seguro a todo el territorio nacional sin capacidad de poder atender.
“El gobierno marxista sandinista creó un único sistema unificado de atención de salud. Aunque el INSS no desapareció como institución, todas sus instalaciones de atención de salud y sus ingresos provenientes de las primas de salud se traspasaron al MINSA. En consecuencia, la calidad de la atención y el acceso a ella se redujo significativamente para los beneficiarios del INSS, causando una disminución de las afiliaciones y una mayor evasión en los aportes”, indica el documento de la OMS.
En la Ley de Seguridad Social de 1982 se estableció que los aportes para financiar las prestaciones del INSS debían ser diferentes en dependencia del régimen por el que se aplicaba, con o sin atención médica.
Régimen de invalidez, vejez, muerte y riesgos profesionales (sin atención médica) equivalente al 7 % del salario devengado:
- Empleador: 5 %
- Trabajador: 1.75 %
- Estado: 0.25 %.
Régimen integral, vejez, muerte y riesgos profesionales con aporte solidario para el sostenimiento del Sistema Nacional Único de Salud equivalente al 15.50 % del salario:
- Empleador: 11 %
- Trabajador: 4 %
- Estado: 0.50 %.
En este último, el 9 % del aporte era destinado para asistencia médica y a su vez se subdividía en: 8.50 % para prestaciones médicas y subsidio por prestaciones médicas de enfermedad y maternidad, el otro 0.50 % era destinado para prestaciones médicas y subsidios por riesgos profesionales.
Más cargas para el Seguro Social
No conforme con el deterioro de la atención médica para los cotizantes del Seguro Social, el régimen sandinista aprobó en agosto de 1984 la Ley N°. 1488 que concedía beneficios a los combatientes, varios de estos fueron cargados al ya nombrado Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar (INSSBI). Además aumentó los aportes de la parte patronal y del trabajador.
“El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar, concederá todos los beneficios establecidos en el Seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que comprende subsidios por incapacidad temporal, indemnizaciones o pensiones por incapacidad permanente, prótesis, servicios de rehabilitación y de readaptación profesional a los miembros del Ejército Popular Sandinista (Oficiales, Clases y Soldados, Trabajadores Civiles, Servicio Militar Patriótico, Reservistas y Milicianos movilizados) cuando sufran enfermedades, lesiones, mutilaciones o cualquier grado de incapacidad, como consecuencia de su participación en las tareas de defensa de la Patria y la Revolución”, señalaba el artículo 11 de dicha ley.
Además de eso, obligaba al Seguro Social a entregar “pensiones de supervivencia” en la proporción correspondiente, los padres, viudas, hijos y demás dependientes en caso de muerte, y a falta de cónyuge y descendientes se le debía otorgar “a las madres que hubiere dependido económicamente del combatiente, una pensión equivalente a la de viudez y en iguales condiciones”.
Las Empresas Médicas Previsionales (EMP)
En 1990 asumió el poder Violeta Barrios de Chamorro, con este gobierno se inició una reforma destinada a restaurar los beneficios de atención de salud para la población del INSS. Entre 1993 y 1994 se implementó un nuevo sistema en el que ya no se prestarían servicios de atención de salud, estos pasaron a ser comprados a proveedores externos.
El INSS pagaría una suma de dinero previamente acordada al proveedor contratado, a cambio de un conjunto acordado de prestaciones médicas. Así nacieron las Empresas Médicas Previsionales (EMP).
Cada gobierno que toma el poder ha realizado reformas a la Seguridad Social o le ha adjudicado nuevas leyes para tratar de que este sea sostenible, pues la mala administración del INSS, el uso de sus fondos en negocios poco rentables y el uso de sus recursos como si fuera una caja chica lo han mantenido en problemas en varias ocasiones.
En el año 2000 ya con el gobierno de Arnoldo Alemán, se aprobó la Ley No. 340 o Ley de Sistema de Ahorro para Pensiones, con esta se pasó de un sistema contributivo a uno de capitalización individual, en el que se aportaría un 10.5 % del salario, de los cuales 7.5 % se acumularían en su cuenta individual mientras que el 3 por ciento cubriría inicialmente costos de administración.
Ese 10.5 % se consolidaba del 6.5 % aportado por el empleador y el 4% de parte del trabajador.
Del déficit al superávit
Tras usarse durante décadas el dinero del Seguro Social en varios negocios sin conocerse retorno, el INSS arrastraba serios problemas deficitarios, hasta que este llegó a manos de Edda Callejas, nombrada presidenta de la institución por el entonces presidente Enrique Bolaños (2002-2007), la administración que lo llevó de los números rojos a un superávit de 1,183.3 millones de córdobas y una cartera saneada.
Para fortalecer al Seguro Social, la administración Bolaños se apoyó en una nueva Ley de Seguridad Social (No. 539) en la que se estableció el pago de la eterna deuda acumulada que el Estado tenía con este. Desde 2006 se debían pagar “C$377 millones de córdobas, aumentando progresivamente hasta su cancelación definitiva”, según lo explica el artículo 31 de dicha ley.
“El período objeto del cálculo de la Pensión de Vejez será las 250 semanas anteriores a la fecha de cumplimiento de edad y cotización para los que hayan cotizado hasta 1000 semanas; las 200 semanas anteriores para los que hayan cotizado entre 1,001 y 1,250 semanas; y las últimas 150 semanas anteriores para los que hayan cotizado más de 1250 semanas, de acuerdo a lo que convenga mejor al asegurado”, establecía en su artículo 100.
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Con esta ley los aportes patronales y de los trabajadores aumentaron, el porcentaje de cotización para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y Riesgos Profesionales quedó en 13.25 % (9 % empleador y 4.25 % trabajador) y en el caso de el Régimen Integral de Enfermedad, Maternidad, Invalidez, Vejez, Muerte y Riesgos Profesionales quedó en 21.50 % (15 % de parte del patronal, 6.25 % laboral y 0.25 % de parte del Estado).
Estallido social del 2018
En 2018, con un Seguro Social, ya en déficit pese a haberlo recibido con amplio margen de superávit en 2007, el régimen de Daniel Ortega anuncia una serie de reformas al INSS para salvarlo de la quiebra.
Esto fue la gota que derramó el vaso, miles de nicaragüenses salieron a las calles a protestar a modo de descontento por las reformas al Seguro Social, pero se encontraron ante un brazo represor que causó muertes, lisiados, encarcelados, miles de desplazados y un pueblo aplastado por la bota de una dictadura sanguinaria.
Pese a todo ello, en 2019 se aprobó el decreto presidencial No. 06-2019, que reformó la Ley de Seguridad Social, obligando a la parte patronal y de los trabajadores a aportar más, además de cambiar el cálculo de las pensiones, obligar a los pensionados a aportar el 5 % de sus pensiones para la atención de servicios de salud, entre otras.
Régimen no tuvo compasión por nadie
Las nuevas reformas llevadas a cabo por el régimen de Ortega no fueron para nada compasivas, nadie se escapó de pagar las consecuencias causadas por las pésimas administraciones del Seguro Social. La parte patronal pasó de aportar el equivalente al 19 % del salario bruto al 22.5 %, los trabajadores, por su parte, fueron obligados a cotizar el 7 % en contraste a los 6.25 % que pagaban antes de esta.
Para los que trabajan por cuenta propia, el aporte al INSS dejó de ser el 18.25% del salario establecido para pasar al 22.25 %, esto si se aplicaba para la modalidad con atención médica (integral); si el cotizante estaban o aplica a la pensión de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) sin atención médica, el porcentaje pasó del 10 % al 14 %.
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Los nuevos jubilados después de la entrada en vigencia del decreto presidencial No. 06-2019, no recibirán el 80 % de su salario promedio, la tasa de reemplazo máxima bajó al 70 %, es decir, si su cálculo de salario promedio es de C$10,000 usted solo recibirá C$7,000 mensuales a los cuales les descontarán el 5 % para garantizar su atención médica, pese a que esto debería estar cubierto tras sus años de cotizaciones.
Con la reforma también se redujeron las asignaciones familiares: para quienes tenía una pareja en unión de hecho estable del 15 % al 13.5 % y en el caso de los hijos menores de edad (hasta 21 años si están estudiando y solteros) o dependientes ascendientes (sus padres) mayores de 60 años, el porcentaje bajó de 10 % a 9 %.
Sin reservas
Todas estas modificaciones aunadas al período convulso de 2018, el cierre forzado y confiscaciones de varias empresas y organizaciones no gubernamentales, así como el desplazamiento de más de medio millón de nicaragüenses, impactó fuertemente en el número de afiliaciones al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social que ha venido en descenso desde 2018 y hasta la fecha no recupera la cantidad que tenía en 2017.
Esta como tantas otras reformas, no han servido de nada, el INSS se ha quedado sin reservas para cubrir las pensiones, en 2021 cayeron a menos 2,697 millones de córdobas y en el año anterior, 2020 su déficit se elevó drásticamente a -1,119.4 millones, además de ello sus activos e inversiones siguen la tendencia al declive, haciéndose insostenible y con altas probabilidades de nuevas medidas que solo afectarán cada vez más al nicaragüense.
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