La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas provisionales a favor del obispo emérito de Estelí, Juan Abelardo Mata Guevara, y de cuatro personas de su entorno cercano. La resolución, fechada el 27 de agosto de 2026, obliga al Estado de Nicaragua a garantizar de forma inmediata su vida, integridad personal, salud y libertad.
Los beneficiarios adicionales son Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete. El tribunal ordenó al gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo abstenerse de cualquier detención o restricción de libertad contra ellos.
Sobre el prelado, la Corte exige que se informe de inmediato si se encuentra privado de libertad. En caso afirmativo, debe ser liberado sin demora. Además, las autoridades tienen que comunicar a sus familiares y abogados de confianza el lugar donde está, los motivos de su eventual detención y las condiciones en que se encuentra. También deben facilitar el contacto familiar, la comunicación con su defensa y el acceso a atención médica física y mental, medicamentos y alimentación adecuada. Estos requerimientos no pueden usarse como pretexto para retrasar una eventual liberación.
El tribunal destacó que monseñor Mata Guevara es un adulto mayor con enfermedades crónicas y un marcapasos, lo que lo coloca en una situación de especial vulnerabilidad. Señaló además que no cuenta con información actualizada y verificable sobre su situación jurídica, pese a las medidas cautelares que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había dictado a su favor en 2021.
La Corte vinculó el caso con un patrón de hostigamiento, vigilancia, amenazas e intimidaciones contra referentes religiosos en Nicaragua. Recordó que el Estado se encuentra en desacato permanente desde abril de 2022 por no responder a sus requerimientos.
Periodista Nicaragua Investiga



































