Las personas que son aseguradas activas en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social INSS tienen derecho a su cobertura médica y a la de sus hijos menores de edad.
Sin embargo, todo depende del tipo de seguro que tenga y de la edad de sus hijos, ya que hay límite de años para que la seguridad social le brinde atención integral.
Las personas que tienen seguro facultativo, sí pueden acceder al servicio de atención de sus hijos, siempre y cuando hayan contratado el seguro facultativo integral. El seguro facultativo de inválidez, vejez o muerte únicamente sirve para acumular semanas cotizadas de cara a solicitar una futura pensión.
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La cobertura de los hijos
No existe una cantidad límite de hijos que el asegurado pueda asignar como beneficiarios, siempre y cuando estén registrados como suyos en el Registro Civil de las Personas.
Raúl Ernesto González, director de trámites de salud del INSS, explicó en Radio Ya que la institución incluso ha eliminado el antiguo término de «hijos fuera del matrimonio», y si una persona casada tuvo hijos con otra pareja, si estos hijos están legalmente reconocidos también recibirán el derecho.
«Como reconocemos que todos los niños tienen los mismos derechos ante la ley se les beneficia (…) ¿cuál es el requisito?, presentar el certificado de nacimiento que dice que el niño es el hijo de Juan Pérez«, explicó el funcionario.
Asegura que la atención a las niñas y niños es «integral, por lo que se ofrece una «cobertura total en cualquier patología». Y si al asistir a una consulta en una clínica médica previsional se les indica que hay algún tratamiento o medicamento que el INSS no cubre, deben reportarlo a la institución y no acceder a consultas privadas o cualquier otro trámite ajeno a su seguridad social.
Recordó que cuando un bebé nace los padres están obligados a registrar a ese niño ante el INSS para que este les otorgue de manera gratuita del carné de asegurado del menor, que ahora es requisito fundamental para atenderles cuando acudan a las unidades de salud previsional.
La edad límite
Las hijas e hijos de las personas aseguradas no pueden gozar de los beneficios del asegurado hasta la mayoría de edad. Al llegar a la adolescencia la cobertura se pierde.
«El niño tiene derecho a toda la atención prenatal, del parto y una vez que el niño nace tiene todos los derechos hasta que él cumple 12 años, 11 meses y 29 días, es decir hasta los 13 años de que él tenga la protección médico pedíatrica, que tenga la atención de hospitalizaciones, de todos sus exámenes de laboratorio, radiológico y todas las patologías que la criatura vaya demandando», dijo González.
El funcionario recomienda que una vez que el niño cumpla los 13 años los padres le contraten un seguro facultativo para que siga teniendo cobertura médica, pues deja claro que «la salud y la vida son el bien más preciado».
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