El Ministerio de Salud (Minsa) ha reformado la Resolución Ministerial para «fortalecer el control epidemiológico de las enfermedades bajo vigilancia internacional».
La reforma establece que los viajeros deberán presentar el resultado negativo de la prueba de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para Covid-19, dichas pruebas deberán realizarse en un periodo no mayor a 72 horas antes de ingresar al territorio nacional.
Nicaragua negará acceso a extranjeros con síntomas relacionados al COVID19
En el caso de que los viajeros procedan de Asia, África y Oceanía, el resultado de la prueba PCR deberá realizarse en un periodo de hasta 96 horas antes de su ingreso.
Los viajes extranjeros que presenten fiebre o síntomatología respiratoria no podrán ingresar a Nicaragua, en el caso de los nacionales que presenten dichos síntomas, podrán ingresar al país pero deberán cumplir con el protocolo establecido de resguardo domiciliar.
Si los viajeros presentan resultado negativo de la prueba de Covid-19 y no poseen ningún síntoma respiratorio, entonces contarán con libre movilidad dentro del territorio nicaragüense, y solo se les brindará seguimiento vía telefónico durante los próximos catorce días tras su ingreso.
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