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Paramilitar que asesinó a Reyneia no aplica a Ley de Amnistía, según expertos

Ayer fue liberado el paramilitar Pierson Gutiérrez Solís, asesino confeso de la estudiante brasileña Reyneia Gabrielle Lima el 23 de julio de 2018.

Gutiérrez fue beneficiado por la ley de amnistía en un un trámite expedito, según consideró el exfuncionario judicial Yader Morazán.

Morazán asegura que Pierson Gutiérrez no cumple los requisitos para ser beneficiado con la Ley de Amnistía, ya que el artículo uno de dicha Ley establece que los hechos por los cuales se condena a una persona sujeta a ese beneficio deben estar dentro del contexto de la crisis sociopolítica iniciada en abril de 2018 y no es el caso del condenado por este delito, por lo tanto su liberación es arbitraria e ilegal.

Morazán recuerda que en la acusación admitida por el mismo Pierson, se indicó que él viajaba a eso de las once de la noche del 23 de julio de 2018 en busca de local para una escuela de Tae Kwondo, cuando decidió bajarse de su vehículo para conversar con dos amigos guardas de seguridad, momento en el que según él, vio el vehículo de Reyneia en actitud sospechosa y decidió dispararle en repetidas ocasiones con un arma de guerra que portaba en la cajuela de su carro.

«A como están redactados los hechos, no existe un nexo que conecte tales circunstancia con los supuestos jurídicos establecidos en la Ley de Amnistía, tampoco es un delito común conexo a tales hechos de protesta, a como lo dispone el artículo 2 de la misma ley, ya que en este caso, solo habría conexidad si, y sólo si, el delito común es cometido con algún tipo de relación directa con algún delito político o los que se han entendido como tal, nuestro código no los tipifica de manera especial, por ejemplo: violación de domicilio, daños, lesiones, asesinatos, etc», indica el experto del derecho.

Morazán recordó que las autoridades han dado siempre trato especial a Pierson Gutiérrez, ya que el juez que emitió su condena, el Juez Séptimo de Distrito Penal de Audiencias Abelardo Alvir Ramos, le impone delito de homicidio, cuando los hechos narrados por el mismo imputado revelan alevosía y ejecución de noche en un lugar poblado, lo cual según el artículo 140, numeral 1 y 4 del Código Penal constituye agravante y es por tanto un asesinato cuya pena debería ser de al menos 24 años.

El Doctor Julio Montenegro de los Defensores del Pueblo también coincide en que el delito de Pierson Gutiérrez debió tipificarse como asesinato y no homicidio y dejó claro que la Ley de Amnistía nunca fue concebida con el propósito de beneficiar a los presos políticos, sino a los paramilitares del Gobierno.

«La ley de Amnistía definitivamente, consideramos nosotros no iba dirigida a los presos políticos, y que por eso íbamos a hacer un recurso de inconstitucionalidad porque lo que se hacía con esa Ley de Amnistía era de alguna manera permisar a las personas que sí habían cometido delito, qué pasa, estamos viendo ahorita con bastante evidencia que hay una persona que fue fuertemente señalada por ser un civil armado», dijo Montenegro.

El Juez Alvir Ramos también condenó a solo un año a Pierson por el delito de tenencia ilegal de armas, cuando debería ser una condena de 4 años, por cuanto no se trata de un arma cualquiera, sino de un arma de uso militar, restringida para civiles.

Rechazo internacional

Por su parte el Director Ejecutivo de Human Rights, José Miguel Vivanco, publicó un tuit condenando la decisión de las autoridades nicaragüenses sobre este caso y consideró un acto de total impunidad el hecho.

«Un «tribunal» de Nicaragua aplica la Ley de Amnistía de Ortega para liberar al que posiblemente sea el ÚNICO «parapolicial» condenado por la brutal represión en el país. Impunidad total. Una razón más para sancionar a Ortega y sus hampones», escribió.

 

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1 Comment

1 Comments

  1. JORGE FRANCISCO HERNNDEZ LANDERO

    julio 26, 2019 at 8:25 am

    Su información no es imparcial, pues siempre le inyectan opiniones, desde ese punto de vista deja de ser una noticia para pasar a opinión personal

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