La reforma parcial a la Constitución de Nicaragua ya está en La Gaceta. El texto publicado este miércoles 2 de septiembre de 2026 fija en siete años el período de los cargos de elección popular y de varios puestos que nombra o ratifica la Asamblea Nacional. También alarga a siete años los mandatos de las autoridades que salieron de las últimas elecciones generales, municipales y regionales.
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Ese último punto es el que mueve el calendario. Al ampliar los períodos en curso, quedan fuera las elecciones generales previstas para noviembre de 2026. El siguiente ciclo presidencial queda, en la práctica, para 2028. La medida alcanza a la copresidencia de Daniel Ortega y Rosario Murillo, diputados nacionales, diputados al Parlacen, autoridades municipales y regionales, magistrados de la Corte Suprema y del Consejo Supremo Electoral, la Superintendencia de Bancos y el Consejo Superior de la Contraloría.
El artículo transitorio lo dice sin rodeos: los períodos de quienes están en el cargo “quedan ampliados a siete (7) años”. Otro numeral hace lo mismo con el comandante en jefe del Ejército y con los jefes de las fuerzas policiales, contados desde su último nombramiento presidencial o desde su elección o ratificación por la Asamblea.
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El cambio permanente reformula los artículos 122, 123, 130, 132, 142, 143, 150, 155, 164 y 166: donde la Constitución decía “seis años”, ahora debe leerse “siete años”. Esa redacción se apoya en el texto íntegro publicado en La Gaceta N.° 32 del 18 de febrero de 2025, la reforma anterior que creó la copresidencia y pasó el mandato de cinco a seis años.
Se eliminan los “siete años renovables”
Lo que no aparece en la versión oficial es la palabra “renovable”. El proyecto inicial hablaba de períodos de siete años renovables, una fórmula que abría la vía a una continuidad sucesiva sin un nuevo escrutinio. Esa expresión no quedó en la ley publicada. La primera votación se hizo el 1 de septiembre en una sesión especial en León. Falta la segunda legislatura, anunciada a partir del 18 de enero de 2027. Hasta entonces el texto puede modificarse.
La reforma no se limita a los plazos. También refuerza el filtro sobre candidaturas y partidos: queda constitucionalizado el veto a quienes el oficialismo considere vinculados a “golpes”, financiamiento extranjero, sanciones o “traición a la patria”. El Consejo Supremo Electoral gana margen para cancelar organizaciones y bloquear nombres. Esas reglas ya se aplicaban en la práctica; ahora quedan ancladas en la Carta Magna.
También se alarga un año el poder de quienes hoy ocupan los cargos, se unifica el período de siete años para una lista amplia de instituciones —incluida la cúpula militar y policial— y se retira del papel la cláusula de renovación automática que el proyecto original había puesto sobre la mesa. El siguiente paso formal es el voto de 2027.
*Este artículo fue elaborado mediante la colaboración estratégica entre nuestro equipo editorial y herramientas de inteligencia artificial.
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