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Pastor evangélico que raptó a menor de edad podría ser acusado por estupro

Los familiares han habilitado la línea 8566-9048 para cualquier información al respecto.

El pastor evangélico Francisco Mercado, de 39 años, fue denunciado ante las autoridades nicaragüenses tras haber secuestrado a una joven de 15 años, quien visitaba con frecuencia la iglesia que dirigía el religioso. Los familiares de la víctima interpusieron la denuncia y se encuentran preocupados ya que lleva siete días desaparecida. El sujeto puede ser acusado por el delito de estupro por haberse llevado a la menor, según el Código Penal de Nicaragua.

Los familiares se enteraron que la joven se fue con el pastor al encontrar una carta en la iglesia Escalera del Cielo, ubicada en el municipio de Somotillo, del departamento de Chinandega. La misiva que presuntamente fue escrita por el pastor, sostiene que mientras estaba haciendo un informe para dejar la iglesia, la joven le dijo llorando que no lo dejaría irse solo ya que ella no tiene ni papá ni mamá.

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Una familiar de la joven manifestó a este medio de comunicación que trataron de contactar al pastor, pero el número telefónico lo tiene un hermano de este. Por otra parte, ella afirma que no sabe donde se encuentra el hombre con la joven.

«Queremos saber de ella, estamos preocupados. Ya mañana son ocho días (que lleva de desaparecida) y no sabemos nada», manifestó la hermana de la joven.

Comenta que en la casa del pastor ha llegado un grupo de policías para realizar las investigaciones y dar con el paradero de ambos. «Tal vez alguien vio algo», aseveró con tristeza. Hasta el momento los familiares no tienen información por parte de las autoridades nicaragüenses.

Agustín Cárcamo Izaguirre, padre de la joven se encontraba en Panamá, pero al enterarse de la noticia decidió venir a buscar a su hija. Los familiares han habilitado la línea 8566-9048 para cualquier información al respecto.

Pueden acusarlo de por delito de estupro

El Código Penal de Nicaragua (Ley 641) resalta el delito por estupro. «Quien estando casado o en unión de hecho estable o fuera mayor de edad, sin violencia o intimidación, acceda carnalmente o se haga acceder por una persona
mayor de catorce y menor de dieciséis años, será sancionado con pena de dos a cuatro años de prisión», dice el artículo 170 de dicha Ley.

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Si el estupro es agravado y lo comete quien esté encargado de la educación u orientación espiritual, guarda o custodia de la víctima o por persona que mantenga con ella relación de autoridad, dependencia o familiaridad o comparta permanentemente el hogar familiar con ella, se impondrá la pena de prisión de cinco a diez años, señala el segundo párrafo del artículo.

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