La Organización de los Estados Americanos (OEA) dio un paso formal este martes al convocar una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para analizar la grave deterioración política y de derechos humanos en Nicaragua. La iniciativa, presentada por la Misión Permanente de Estados Unidos ante el Consejo Permanente, responde directamente a las declaraciones del 19 de julio del dictador Daniel Ortega Saavedra, en las que afirmó que el país “nunca más” celebrará elecciones y anunció una reforma constitucional parcial destinada a eliminar el voto y restringir de forma permanente la participación política de opositores.
El texto aprobado por el Consejo Permanente es inequívoco, la abolición codificada de las elecciones, la eliminación del pluralismo político y la exclusión definitiva de la oposición pacífica son incompatibles con la democracia representativa, los derechos políticos de los nicaragüenses y los principios de la Carta Democrática Interamericana, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumentos de los que Nicaragua sigue siendo parte.
Más allá de la crisis interna, el documento identifica un riesgo hemisférico concreto. Señala que las acciones impulsadas por Ortega y Rosario Murillo —erosión de la independencia judicial y legislativa, persecución y posibles ejecuciones extrajudiciales de nicaragüenses fuera del territorio, facilitación de actividades militares e de inteligencia de actores extrahemisféricos, y el empujón a una migración masiva irregular que ha obligado al exilio a cientos de miles de personas— generan fragilidad estatal y exportan inestabilidad. Esa combinación, advierte el Consejo, socava la seguridad, la soberanía y la prosperidad de los vecinos y abre la puerta a influencias externas que ponen en peligro la paz del continente.
¿Uso de la fuerza para sacar a Ortega?
El resolutivo condena de manera inequívoca tanto el anuncio de Ortega como cualquier intento de abolir elecciones, eliminar el pluralismo o impedir de forma permanente la participación pacífica en la vida política. Sin embargo, declara que la resolución no autoriza el uso de la fuerza armada, algo extraño ya que al menos públicamente no se había planteado esa posibilidad. La convocatoria se ampara estrictamente en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA y se limita a reunir a los cancilleres en la sede de la Organización para evaluar la situación y debatir medidas colectivas adecuadas.
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El presidente del Consejo Permanente, con apoyo de la Secretaría General, deberá elaborar y someter a consideración de los Estados miembros el proyecto de agenda y el reglamento de la reunión, conforme al artículo 63.
*Este artículo fue elaborado mediante la colaboración estratégica entre nuestro equipo editorial y herramientas de inteligencia artificial.
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