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Asamblea cancela a dos ONG más, incluyendo la Asociación de Cantautores Nicaragüenses

El decreto fue introducido por el diputado sandinista Filiberto Rodriguez, presidente de la Comisión de Paz, Defensa y Gobernación del Parlamento.

Este miércoles la Asamblea Nacional de Nicaragua), controlada totalmente por el oficialista FSLN, canceló con 85 votos a favor a personería jurídica a la Asociación de Cantautores Nicaragüenses (ASCAN y a la Asociación de Ortodoncistas de Nicaragua (AONIC).

La Asociación de Cantautores Nicaragüenses,fue fundada por el cantautor nicaragüense Luis Enrique Mejía Godoy, un disidente sandinista y abierto opositor al régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

El decreto legislativo fue introducido por el diputado sandinista Filiberto Rodriguez, presidente de la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos del Parlamento. La solicitud fue en base a un informe del Ministerio de Gobernación (Migob).

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Según Gobernación, ambas asociaciones “han incumplido con la entrega de los informes financieros al Departamento de Registro y Control de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro” de la institución, “promoviendo la falta de transparencia en la administración de los fondos, desconociéndose la ejecución de los mismos y si fue acorde a sus objetivos y fines por los cuales la Asamblea Nacional les otorgará la Personalidad Jurídica”

También destaca que las Juntas Directivas se encuentran acéfalas, lo que ha imposibilitad o al Ente Regulador identificar “quienes son los representantes y los asociados del organismo , infringiendo las Leyes que regulan a las Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro en Nicaragua”.

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Las dos asociaciones son señaladas de incumplir con la Ley Nº 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro; la Ley Nº 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo, y el Financiamiento a la Proliferación de Arma s de Destrucción Masiva; y el Reglamento de la Ley Nº 977.

Tras la cancelación, los bienes y acciones que pertenezcan a las dos Asociaciones, “tendrán, previa liquidación , el destino previsto en el Acto Constitutivo o en su Estatuto”, pero Si nada se hubiera dispuesto sobre ello, estos pasarán a ser propiedad del Estado”.

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