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EEUU aprueba medida de expulsión inmediata a migrantes. ¿Afectará a nicaragüenses?

EEUU aprobó una medida con la que pueden expulsar inmediatamente a solicitantes de asilo que consideren que no presentan un temor creible de persecución en su país.

En esta fotografía del 17 de septiembre de 2019, un agente fronterizo estadounidense le da indicaciones a una familia de migrantes nicaragüenses que desean obtener asilo en Estados Unidos, en la frontera entre Laredo, Texas, y Nuevo Laredo, México.

A partir de este 31 de mayo, Estados Unidos podrá expulsar inmediatamente de su país a migrantes que, durante su solicitud de asilo, no demuestren «temor creíble de de persecución o tortura» en su país de origen.

Hasta este martes, las personas que llegaban a la frontera con Estados Unidos se entregaban y realizaban la solicitud de asilo, y en muchos casos dejaban a estas personas permanecer en el país hasta que su situación se resolviera. Sin embargo, según resaltan las autoridades norteamericanas, se hace para agilizar el proceso de resolución de los casos, ya que actualmente dar respuesta a un solo caso podría tardar varios años.

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Ahora, con esta nueva implementación, «las personas que cualifican para asilo recibirán protección más rápidamente, y aquellos que no son elegibles serán expulsados de inmediato en lugar de permanecer en Estados Unidos durante años mientras sus casos están pendientes», detalla Estados Unidos.

Hasta el momento, esta medida está diseñada mayoritariamente para las personas que viajan desde el centro o sur de América, y a través de México llegan a Estados Unidos. Sin embargo, cabe destacar que si una persona recibe una determinación negativa en su solicitud de asilo, entonces podrá presentar una solicitud de revisión en un plazo menor a siete días, o antes de ser expulsado del país.

No es retroactiva

La medida aprobada por las autoridades migratorias de Estados Unidos aclararon que estos nuevos procedimientos se aplicarán solamente a las personas que sean detenidas a partir de este 31 de mayo, y que esta, además no aplica a menores de edad que encuentren sin compañía familiar.

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«la regla «aplica prospectivamente y solo a adultos y sus familias que son colocados en procedimientos de remoción expedita, e indican la intención de solicitar asilo, temor de persecución o tortura, o temor de regresar a su país de origen, después de la fecha de vigencia de la regla». La regla no aplica a los menores no acompañados», expresa.

Mientras tanto, las personas que sí sean aplicables a esta medida, una vez siendo detenidos o cuando se entreguen a las autoridades, serán remitidos al centro de detención de migrantes ICE, en Texas, ahí serán colocados en el programa de remoción expedita, posteriormente, le realizarán una entrevista telefónica sobre el temor creíble. Luego estas personas serán referidos a una entrevista de méritos de asilo donde Inmigración notificará si es elegible o no.

 

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