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CSJ cobrará C$100 por publicar avisos y sentencias en su sitio web

La medida fue tomada luego de la suspensión de la edición impresa del diario La Prensa y la toma de las instalaciones por parte del gobierno de Daniel Ortega.

Imagen referencial. AFP/NI

El Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial (CNACJ) autorizó la implementación del “Tablero Electrónico de Edictos” en el sitio Web del Poder Judicial para la publicación de avisos legales y sentencias.

El martes la Corte Suprema de Justicia dio a conocer en una nota de prensa que mediante los acuerdos números 534 y 548 del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, se les autoriza a los jueces y magistrados “para que en lo sucesivo los edictos judiciales de todas las materias se publiquen en la página web” de ese poder del Estado.

La medida fue tomada luego de la suspensión de la edición impresa del diario La Prensa y la toma de las instalaciones por parte del gobierno de Daniel Ortega.

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Arancel único a pagar 

El CNACJ expresa en el acuerdo 548 que “sin perjuicio de las publicaciones que se realicen en la herramienta “Publicaciones Judiciales” del sitio Web, los funcionarios judiciales en el ejercicio de su actuación jurisdiccional, deberán aceptar la publicación electrónica o impresa, que se efectúe en cualquier periódico de circulación nacional, debidamente registrado como tal y que para acceder al mismo no requiera suscripción”. Hay que señalar que el diario La Prensa circula de manera electrónica, pero requiere suscripción.

El Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial manifiesta que se estableció “un solo arancel de C$100 córdobas para la publicación de Edictos, tales como citaciones, emplazamientos y otros ordenados por la ley; Avisos Legales, como subastas y carteles; Publicaciones de Jurisdicción Voluntaria y Sentencias Mercantiles, tales como sentencias, convocatorias y edictos”.

Los pagos por publicación la harán “los usuarios o sus abogados” a la cuenta número 10010306171103 del Banco de la Producción (Banpro). “El recibo o “voucher” que les entregue el banco deberá ser luego presentado con un escrito a la autoridad judicial, para que ésta ordene la publicación en el portal web”, indica la nota de prensa.

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Casos en que publicación será gratis

El acuerdo establece que serán gratuitas “las publicaciones en juicios de Familia, tales como edictos, representante legal cuando se ignore el paradero de la parte demandada, casos de divorcios y sucesión procesal; Carteles de Subastas; Laborales, como carteles de subastas, notificaciones a los ausentes o de domicilio desconocido; y Penales”.

Igualmente estarán exentos de pago “las personas adultas mayores, quienes gocen de asistencia jurídica gratuita y aquellos que gocen de exención por resolución fundada de autoridad judicial, cuando su capacidad económica sea sensiblemente inferior a la de la parte contraria, de conformidad con el artículo 377 del CPCN” (Código Procesal Civil de Nicaragua).

Hay que señalar que el usuario o su representante legal deberá presentar el documento impreso con el contenido del mismo y la fecha de publicación.

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