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Prohíben importación de cigarrillos electrónicos en Nicaragua

Los productos relacionados con sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores y otros similares con o sin nicotina serán retenidos por la autoridad aduanera.

Cigarrillos electrónicos. Foto: Banco de imágenes.

Mediante un documento la Dirección General de Aduanas (DGA), notificó a funcionarios de la Dirección General de Servicios Aduaneros, auxiliares y usuarios en general, la prohibición a la importación de cigarrillos electrónicos.

Para dicha prohibición se basan en las leyes aduaneras y de regulación sanitaria; en la Ley para el Control de Tabaco (727), así como otros decretos, disposiciones y resoluciones del Ministerio de Salud (MINSA).

“Se prohíbe la importación, exportación, almacenamiento, distribución, comercialización y uso de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares con o sin nicotina”, se lee en el documento con fecha del 6 de septiembre de 2022.

La circular, de referencia CT-116-2022, la obtuvo Nicaragua Investiga desde el sitio web de la DGA, en donde se comprobó su legitimidad.

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Cigarrillos electrónicos serán decomisados

En la orden firmada por el Director General de Servicios Aduaneros, Eddy Medrano Soto, explican que aquellos viajeros a los que se les encuentre “productos relacionados con sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores y otros similares con o sin nicotina, serán retenidos por la autoridad aduanera”.

Los productos decomisados serán entregados a la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS) del Ministerio de Salud.

Una vez que el agente aduanero detecte algún tipo de estos dispositivos en el equipaje de algún viajero, deberá proceder a dar “detalle de los productos relacionados y elaborará un acta de retención, la cual será firmada y sellada por el Administrador de Aduana para luego ser remitidos a la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS)”.

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Negocios no han sido notificados de medida

Los cigarrillos electrónicos se han vuelto populares, especialmente en los jóvenes, los precios, formas y sabores son variados. Para este artículo consultamos sobre la afectación de esta nueva disposición a algunas tiendas que se dedican a la venta de este tipo de productos, la única que nos dio respuesta dijo que aún no habían sido notificados.

“Somos una empresa que vendemos diversos productos por lo tanto no estamos al tanto de la notificación”, expresó brevemente un agente de la empresa Vapores Nicaragua.

También se consultó a otros negocios que se dedican a la comercialización de cigarrillos electrónicos y dijeron que tampoco han recibido ninguna orientación o prohibición al respecto.

Tabacaleras deberán cumplir con todas las regulaciones

En el mismo documento explican que todas las empresas que operan bajo el régimen de zonas francas, admisión temporal para perfeccionamiento activo y operadoras de tiendas libres, que se dediquen a la fabricación, importación y exportación de productos del tabaco y sus derivados en el territorio nacional, deberán estar registrados ante la Dirección de Regulación en Salud de la ANRS.

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“Los requisitos de registro para las empresas dedicadas a la fabricación, importación y exportación, así como del registro sanitario de los productos de tabaco y sus derivados serán de obligatorio cumplimiento, ya que no podrá realizarse el despacho aduanero de este tipo de mercancías bajo ningún régimen aduanero, inclusive el tránsito aduanero, que sea solicitado por empresas que no cuenten con su debido registro ante la ANRS”.

Agregan que los trámites sobre el otorgamiento de licencias y permisos especiales para la fabricación, importación y exportación para productos de tabaco y sus derivados deberán ser gestionados ante la ANRS y que deberán cumplir con todas las disposiciones de la Ley para el Control de Tabaco.

Las empresas dedicadas a la fabricación, importación y exportación de productos de tabaco y sus accesorios que resulten responsables por objeto del comercio ilícito y que incumplan con las normativas de ley “deberán asumir los costos ocasionados por la destrucción de productos del tabaco decomisados por la autoridad aduanera”, cuya responsabilidad es exclusiva del MINSA bajo las medidas adecuadas.

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