Hacerse de un permiso de trabajo, una residencia temporal o permanente en otro país, es un proceso tedioso para los millones de migrantes que se mueven por el mundo, ahora imagine lo que cuesta y tarda la nacionalización.
Los procesos legales para nacionalizarse en un país que no es el de origen pueden tardar varios años y hasta décadas, al menos que se haga a través de una carta de naturaleza, una de las vías que ofrece España para nacionalizar a extranjeros de un modo menos complejo, siempre y cuando sean motivos “excepcionales”.
¿Qué es o en qué consiste?
La carta de naturaleza es una de las formas que estipula el Código Civil de España para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad. Claro está, tiene un carácter excepcional, por lo que no cualquier persona puede optar a ella. Además es importante aclarar que debido a su excepcionalidad no se necesita un procedimiento administrativo concreto. Quizá es una de las razones por las que se conocen muy pocos casos de personas que hayan aplicado.
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“La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”, estipula el artículo 21 del Código Civil de España.
¿Quiénes pueden aplicar?
Según el Ministerio de Justicia de España (MJE), pueden aplicar:
- El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
- Un mayor de 14 años asistido por su representante legal.
- El representante legal del menor de 14 años.
- Una persona incapacitada por sí sola o el representante legal de esta, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.
Otros que también pueden aplicar a la nacionalidad española a través de la carta de naturaleza, son los sefardíes originarios de España que se encuentren en otros países, siempre y cuando puedan probar sus orígenes y que cuenten con un apellido judío, esto porque dicho grupo fue expulsado del país europeo desde 1942. En caso de no comprobar que son españoles, tendrán que solicitar la nacionalidad por residencia.
Procedimiento
Según explica el sitio web Conceptos Jurídicos, “cualquier extranjero puede solicitar la nacionalidad española por esta vía (carta de naturaleza), pero deberá documentar las circunstancias excepcionales que se considere que pueden ser tomadas en cuenta para que esta le sea otorgada”.
La solicitud se debe presentar por escrito y debe ir dirigida a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, se debe presentar ante este o en la Dirección General de los Registros y del Notariado de España, en la Oficina Central de Información y Atención al Público del MJE, en el Registro Auxiliar de ese ministerio, en el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, o en el Registro de cualquier órgano de la Administración General del Estado o de la correspondiente comunidad autónoma.
En el documento se deben agregar todos los datos personales, además de explicar sus motivos “excepcionales” por los que pide la nacionalidad española.
Si el solicitante no se encuentra en España, se deberá hacer la solicitud ante el consulado español en el país donde esté, y será a través de este que la solicitud llegará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.
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Documentación a presentar
- Certificado literal de nacimiento, legalizado o apostillado, y en su caso, traducido.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
- Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.
- Otros documentos que el interesado estime oportunos.
Una vez cumplidos los requisitos, será el Consejo de Ministros quien analice el caso detenidamente y se encargará de otorgar la nacionalidad mediante un Real Decreto, y la persona deberá proceder a inscribirse en el Registro Civil. Si la solicitud es denegada, el interesado/a “podrá recurrir esta decisión ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses, contados a partir del momento en que recibe la resolución”.
El artículo de Conceptos Jurídicos explica que “no existe un tiempo estipulado para este procedimiento”, ya que depende del “volumen de solicitudes y de trabajo en general que tenga el Consejo de Ministros.”
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¿Quiénes han aplicado?
Las personas que comúnmente aplican y se les ha otorgado la nacionalidad a través de la carta de naturaleza son los deportistas que hayan participado o van a participar en competencias internacionales como representantes de un país, en este caso de España.
En 1993 España otorgó la nacionalidad española por carta de naturaleza a la bailarina rusa Maya Plisétskaya (1925-2015) y al escritor peruano Mario Vargas Llosa. Los casos más recientes han sido el de Sayed Saber Sayeed (2022), tras trabajar durante 15 años en la Embajada de España en Kabul; la escritora brasileña Nélida Piñón, en noviembre de 2021, la periodista y activista social mexicana Lydia María Cacho; y al actor y autor teatral de nacionalidad argentina Óscar Martínez.
Actualmente esta es la vía (carta de naturaleza) por la que los 222 opositores expulsados de Nicaragua, el pasado 9 de febrero del 2023, podrán obtener la ciudadanía española tras ser despojados de la nicaragüense por el régimen de Daniel Ortega.
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