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Maltrato animal causa conmoción en Nicaragua

El Código Penal de Nicaragua establece de 50 a 200 días de multa a quien someta a daños físicos, castigos y trabajo excesivo que lleven a un animal a la muerte o a padecer daños en su salud o estrés.

Un video que circula en las redes sociales ha causado conmoción por el brutal maltrato a un animal que era arrastrado por una camioneta, conducida por un sujeto desconocido. El vehículo tenía placas de Managua.

Presuntamente el hecho se dio Acoyapa, Chontales, según reportaron los usuarios en las redes sociales, quienes alarmados brindaron el número de placa de la camioneta que aparentemente perteneció a una agencia de marketing, que se desvinculó casi de inmediato del hecho. 

Según la empresa, la camioneta fue vendida el pasado 28 de diciembre del 2020, a una persona identificada como Rodrigo Javier Sandoval García.

Queremos aclarar la presente situación

Publicado por BTL Marketing en Jueves, 22 de abril de 2021

Maltrato animal en Nicaragua: entre el abandono y los envenenamientos

Negligencia del Estado de Nicaragua facilita los tratos crueles hacia los animales

Nicaragua cuenta desde el 2011 con la Ley 747, Ley de protección y bienestar de los animales silvestres y domésticos. Con esa ley Nicaragua se colocaba como pionera en la región al tener una moderna legislación para defender los derechos de los animales. En la actualidad el país no solo está rezagado sino que pareciera estar en continuo retroceso.

De acuerdo al presidente de la Fundación AMARTE, doctor Enrique Rimbaud, el problema con la aplicación de la ley surge inmediatamente después de que se aprobó, pues nunca fue reglamentada.

Sillas de ruedas para animales discapacitados, la pasión de un veterinario leonés

“Cuando se aprueba la ley se decreta al Magfor (antiguo Ministerio Agropecuario y Forestal) como el encargado de la ley. El Magfor tenía 6 meses para hacer la reglamentación de la ley y no la hizo. Cuando después de los seis meses no cumple el objetivo el ente del Estado, lo tiene que hacer la Asamblea. Tiene otros 6 meses (y) tampoco lo hizo”, reprocha.

La situación empeoró cuando poco después el Magfor fue disuelto y prácticamente “la ley queda sin efecto, porque no tiene el ente del Estado que la sustenta”. En este punto, Rimbaud considera que para reglamentar la ley habría que hacer nuevamente el proceso en la Asamblea y que se asigne a otro ente encargado.

Si se puede aplicar justicia

Pero esto no quiere decir que las autoridades carezcan de herramientas jurídicas para castigar a quienes violan los derechos de los animales. El doctor Rimbaud asegura que desde el año 2008 Nicaragua cuenta con un nuevo Código Penal, el cual en su artículo 391 habla sobre el maltrato animal.

“Si bien no se puede aplicar la Ley 747, sí se puede aplicar el Código Penal que está vigente. El problema es que haya interés del Estado y cuando hablo del Estado hablo de la Policía, de la Fiscalía, de los jueces por procesar gente por maltrato animal”, señala el médico.

Entre las sanciones que establece el Código Penal están de 50 a 200 días de multa a quien someta a daños físicos, castigos y trabajo excesivo que lleven a un animal a la muerte o a padecer daños en su salud o estrés. La ley también establece penas de cárcel de entre tres y seis meses para quien realice espectáculos violentos públicos o privados entre animales, y de seis meses a dos años de cárcel si estos son con ánimos de lucro.

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