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Sala Penal de la CSJ absuelve a Douglas Cerros

Douglas Cerros había sido condenado a 12 años de cárcel por la jueza Verónica Fiallos Moncada, titular del Juzgado de Distrito Penal de Juicios de Ocotal.

Douglas Cerros junto a su hija | Foto tomada de redes sociales

El preso político Douglas Cerros Lanzas, papá de Mariela Cerros, Miss Mundo Nicaragua 2021, fue absuelto de los supuestos delitos de “conspiración” y “propagación de noticias falsas”.

La decisión estuvo en manos de los magistrados Armengol Cuadra, Manuel Martínez y Elley Joy Lewin de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quienes señalaron de “no creíble” e “impertinente” la versión de los testigos policiales.

“Se absuelve al procesado Douglas Alfredo Cerros Lanzas por los delitos de propagación de noticias falsas a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y por el delito de menoscabo a la integridad nacional a través de la conspiración en perjuicio del Estado de Nicaragua, por existir duda razonable”, dicta la sentencia de la Sala Penal dada a conocer por el sitio de noticias Despacho 505.

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La condena del preso político

Douglas Cerros había sido condenado a 12 años de cárcel por la jueza Verónica Fiallos Moncada, titular del Juzgado de Distrito Penal de Juicios de Ocotal. Desde inicios de julio el reo de conciencia estaba en régimen de convivencia familiar.

Fiallos Moncada había impuesto al preso político una pena de ocho años “por el delito de menoscabo a la integridad nacional” y otra de cuatro años “por el delito de propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación”. Adicional a ello, ordenó el decomiso de una camioneta Hilux, propiedad de la esposa del acusado.

Con el fallo de la Sala Penal, dictado el pasado 13 de julio, se revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Estelí, que el pasado 28 de abril, había ratificado la condena contra el preso político establecida por la juez.

Pruebas insuficientes y de poca credibilidad

Las pruebas presentadas en contra del acusado fueron publicaciones en su página de Facebook, y los testimonios de seis policías, uno de ellos encapuchado.

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La sentencia de la Sala Penal refleja que el oficial protegido “no ubicó lugares donde se haya presentado un acto de violencia, no presentó ninguna prueba documental, fotos o videos que probaran la participación de los hechos acusados, por tal razón la declaración del ‘Código 3’ no es creíble”.

Se determinó que el suboficial Francisco Antonio Gutiérrez Valverde, encargado de inspeccionar el celular de Douglas Cerros, no logró acceder a las aplicaciones WhatsApp y Facebook. “Tampoco abrió mensajes de un grupo denominado ‘Alianza en los Territorios’ y cuando le preguntaron por qué la bolsa de evidencia donde se encontraba el celular estaba en blanco, el perito respondió: ‘estas bolsas a veces llegan vacías y se llenan después’”.

Con ello la Sala Penal de la CSJ determinó que “quedó corroborado que el acusado no hacía uso de los medios tecnológicos para cometer el delito de menoscabo a la integridad nacional”.

 

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