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Régimen recula y ordena eliminar los cobros de la Cinemateca a quienes realicen filmaciones en el país

Según el documento firmado por el dictador, la decisión tiene como objetivo “fortalecer y hacer más accesible” el desarrollo de las actividades artísticas en Nicaragua

Régimen da pie atrás, ordena eliminar los cobros de la Cinemateca a quienes realicen filmaciones en el país
Foto: referencial NI.

El régimen de Daniel Ortega se echó para atrás con los cobros por derechos de filmación en Nicaragua. Estos estaban contenidos en la reforma a la Ley Creadora de la Cinemateca Nacional (No. 909), que se aprobó a finales de enero.

Ortega envió el pasado martes 5 de marzo, una iniciativa de ley a la Asamblea Nacional en la que ordena derogar la Ley No. 1191, Ley de Reforma a la Ley N°. 909, Ley Creadora de la Cinemateca Nacional.

Según el documento firmado por el dictador, la decisión tiene como objetivo “fortalecer y hacer más accesible” el desarrollo de las actividades artísticas en Nicaragua.

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Se debía pagar hasta 4 mil córdobas

Con esta nueva reforma quedan eliminados los aranceles, que iban desde los cien hasta los 4 mil córdobas, que se habían establecido para quienes realizaran algún tipo de actividad que tuviera que ver con la filmación.

En la anterior reforma a la Ley de la Cinemateca Nacional se establecía un pago de 350 y hasta 600 córdobas por producción y realización de algún tipo de filmación, el primero es lo que debían pagar las personas naturales y el segundo las personas jurídicas.

También obligaba a los extranjeros a pagar entre 2,500 y 4,000 córdobas por el derecho de filmación. Otros 500 o 1,000 córdobas por la distribución de obras audiovisuales y/o cinematográficas, así como entre 1,000 y 2,000 córdobas en caso de exhibición de estas.

Además de estos, se establecieron tarifas para otros servicios como el registro cinematográfico y audiovisual; comercialización para la distribución, exhibición, enseñanza audiovisual y cinematográfica; certificados para creativos, artísticos, y técnicos cinematográficos.

La iniciativa de ley enviada a la Asamblea Nacional solo consta de dos artículos, el primero se refiere a la derogación de la reforma anterior, y en el segundo se establece que la derogación se hará efectiva a partir de la publicación en La Gaceta – Diario Oficial.

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